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Procedimiento en delito no flagrante de violencia intrafamiliar
La víctima o cualquier persona que tenga conocimiento de la violencia intrafamiliar puede presentar una denuncia en la Unidad Judicial de Violencia contra la Mujer y Miembros del Núcleo Familiar, o ante la Fiscalía General del Estado.
1) DENUNCIA
2) Evaluación y medidas de protección inmediatas
La autoridad judicial puede dictar medidas de protección inmediatas, como órdenes de alejamiento, prohibición de contacto, desalojo del agresor del domicilio
3. Inicio de la investigación
La Fiscalía inicia la investigación previa, que puede incluir la recolección de pruebas como informes médicos, testimonios, y cualquier otro elemento que ayude a determinar los hechos.
4. Audiencia de formulación de cargos
Si la Fiscalía encuentra indicios de responsabilidad penal, se convoca a una audiencia de formulación de cargos ante un juez de garantías penales.
5) Audiencia de juicio
Si la investigación determina que existen suficientes pruebas, se lleva a cabo la audiencia de juicio. Aquí, el juez o tribunal escucha los argumentos y pruebas de la Fiscalía y la defensa.
6) Sentencia
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El juez emite una sentencia basándose en las pruebas presentadas.