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Sección I
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
Art. 1 Ámbito de aplicación
Demás normas que expidiere el SENAE
Se aplicarán en todo el territorio aduanero ecuatoriano
Normas del Reglamento
Art. 2 Definiciones
a) Autoridad Aduanera
Órgano público encargado de aplicar la legislación aduanera, facilitar el comercio exterior, recaudar tributos y ejercer control aduanero, prestando servicios aduaneros según el COPCI.
b) Agente de Carga de Exportaciones
Persona jurídica autorizada por el SENAE que presta servicios de manejo de carga, agrupa mercancías, y presenta la Declaración Aduanera en exportaciones, cumpliendo con reglamentos y emitiendo documentos de transporte.
c) Costos de Conservación Aduaneros
Gastos de almacenaje de mercancías incautadas por litigios judiciales, asumidos por la autoridad aduanera solo si se declara la inocencia del propietario mediante sentencia ejecutoriada.
d) AOG
Se entiende por AOG (Aircraft On Ground) a la aeronave puesta en tierra, que se encuentra impedida de volar por razones técnicas suficientemente graves
e) Auto liquidación
Determinación tributaria preliminar realizada por el sujeto pasivo por el ingreso o salida de mercancías del territorio aduanero, sobre la cual se efectúa la liquidación de los tributos al comercio exterior y demás recargos
f) Autotransporte
Medio de Transporte considerado como mercancía que se desplaza por sus propios medios y que, por sus características, no puede ser transportado en unidades de transporte habilitadas
g) Bienes de Capital
Aquellas mercancías que no se destinan al consumo, sino a seguir un proceso productivo, en forma directa o indirecta para incrementar el patrimonio material o financiero
h) Cantidad
Declaración real exacta de las unidades físicas, peso neto, dimensiones u otra unidad de medida que tenga incidencia tributaria de las mercancías que forman parte de la obligación tributaria aduanera
i) Carga
Todo bien que pueda ser objeto de transporte
j) Carga de Correos Rápidos o Postal
Carga agrupada y trasladada bajo nombre y responsabilidad de una persona jurídica pública o privada operadora de encomiendas internacionales
k) Carga Contenerizada
Carga de uno o varios embarcadores, amparada en uno o varios documentos de transporte, movilizadas dentro de una unidad de carga
l) Carga especial
Mercancías que por alguna razón, no puedan ser transportadas en unidades de carga
m) Carga a granel
Mercancía sólida, líquida o gaseosa que es transportada sin embalaje de ninguna clase, en medios de transporte o unidades de carga especialmente diseñados para el efecto
n) Carga Consolidada
Mercancías pertenecientes a uno o varios consignatarios, agrupadas para ser transportadas bajo un mismo documento de transporte
o) Carga peligrosa
Todo artículo o sustancia que pueda constituir un riesgo importante para la salud, el medio ambiente, la seguridad personal o de los bienes
p) Carga suelta
Bienes que, por su tamaño o naturaleza, se transportan y manipulan como unidades separadas, o que se vuelven individuales tras una desconsolidación.
q) Coloaded
Práctica internacional donde dos o más consolidadores de carga, como agentes o transportistas, coordinan el transporte consolidado a través de otro consolidador para ofrecer un servicio global.
r) Co-mail
Documentos y materiales de uso interno de líneas aéreas y explotadores, como guías aéreas, billetes, tarjetas de embarque, documentos bancarios, etiquetas de equipaje, y otros relacionados con servicios aéreos internacionales
s) COMAT
Material aeronáutico destinado al aprovisionamiento, reparación, mantenimiento, y operatividad de aeronaves autorizadas para servicios de transporte aéreo internacional de pasajeros y carga.
t) Consolidación de Carga
Acto de agrupar mercancías de uno o varios embarcadores para transporte hacia o desde Ecuador, bajo contrato con un consolidador o agente de carga autorizado por el SENAE.
u) Consolidador de carga
Operador autorizado por el SENAE que transporta carga agrupada bajo su nombre y responsabilidad para uno o más consignatarios. Las consolidadoras no son responsables ante navieras o terminales por acciones imputables a importadores o exportadores. Los usuarios de la Zona Franca pueden consolidar y desconsolidar sin autorización aduanera.
v) Control Aduanero
Conjunto de medidas adoptadas por la Autoridad Aduanera con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislación, cuya aplicación o ejecución es de su competencia o responsabilidad, al cual deberán someterse los distintos operadores de comercio exterior
w) Derechos Arancelarios
Son Tributos al Comercio Exterior y pueden ser: ad-valórem, específicos o mixtos.
x) Derechos Arancelarios Ad Valórem
Son los establecidos por la autoridad competente, consistentes en porcentajes que se aplican sobre el valor de las mercancías
y) Derechos Arancelarios Específicos
Recargos fijos que se aplican en base a determinadas condiciones de las mercancías como, por ejemplo: peso, unidades físicas, dimensiones, volumen, entre otros
z) Derechos Arancelarios Mixtos
Derechos arancelarios ad valórem y derechos arancelarios específicos que se aplicarán conjuntamente
CAPÍTULO I
NORMAS GENERALES
Art. 2 Definiciones
aa) Despacho Aduanero
Proceso administrativo para mercancías bajo control aduanero con un régimen o destino declarado
bb) Declarante
Persona o entidad que presenta una Declaración Aduanera de mercancías en su nombre o en nombre de otro
cc) Destrucción total
Eliminación que deja objetos sin valor comercial al inutilizarlos completamente
dd) Documento de transporte
Formaliza el acuerdo de transporte de carga entre el operdor y el usuario, puede ser transferido o endosado
ee) Envíos o Paquetes postales
Envíos realizados por operadores autorizados en tráfico Postal y Mensajería acelerada
ff) Herramientas o equipo de trabajo
Equipos y herramientas nuevos o usados que se importan para el inicio de una actividad productiva que pueden ser exentos del pago de impuestos, en el caso de los viajeros el ingreso de sus equipos de trabajo
gg) Levante o Retiro de las Mercancías
Acto en el que la Autoridad Aduanera permite al declarante disponer de mercancías según el régimen aduanero autorizado, tras cumplir los requisitos y formalidades aduaneras.
hh) Manifiesto de carga de correos rápidos o postal
Documento simplificado que detalla las Guías de Envíos o Paquetes Postales en un medio de transporte, presentado a la aduana para acceder al régimen de tráfico postal o Courier
ii) Manifiesto de Carga
Documento físico o electrónico que detalla el medio de transporte, número de bultos, peso e identificación de la mercancía, presentado por el transportista internacional a la aduana al entrar o salir del país
jj) Mercancía
Cualquier bien mueble que puede ser objeto de transferencia y que es susceptible de ser clasificado en el Arancel Nacional de Importaciones
kk) Mercancía extranjera
Mercancía que ha sido producida, fabricada, cosechada, capturada, extraída, manufacturada, creada o que ha nacido en otro territorio aduanero distinto al ecuatoriano, sin que haya cumplido los trámites necesarios para su despacho.
ll) Mercancías faltantes
Mercancía que no se encontrare como producto de una inspección o aforo físico, pero que figure en el Manifiesto de Carga respectivo
mm) Mercancía nacional
Mercancía producida o creada en el territorio aduanero nacional, no exportada definitivamente, o que, tras ser exportada, regresa a Ecuador por circunstancias fuera del control del exportador.
nn) Mercancía nacionalizada
Mercancía extranjera cuya importación o internación al país se ha sometido al cumplimiento de todas las formalidades aduaneras que corresponden a la importación a consumo
oo) Mercancía náufragas
Mercancía extranjera, incluyendo restos de medios de transporte y su carga, rescatada en Ecuador tras un siniestro, sin posibilidad de identificar al propietario o consignatario.
pp) Mercancía no Manifestada
Mercancía que se carga o descarga de un medio de
transporte, pero que no figuran en el Manifiesto de Carga respectivo
qq) Mercancía rezagada
Mercancía que se encontrare en la zona primaria o secundaria, sobre la cual se desconoce su propietario, consignatario o consignante
rr) Operaciones Aduaneras
Conjunto de actividades relacionadas al tráfico de mercancías, medios de transporte y personas sometidas al control aduanero
ss) Operador de Comercio Exterior
Persona natural o jurídica, nacional o extranjera para intervenir en el tráfico internacional de mercancías. En ciertos casos, para ser considerado un Operador de Comercio Exterior, debería tener autorización o calificación de la autoridad competente
tt) Operador de Transporte
Persona jurídica legalmente habilitada para contratar servicios de transporte de mercancías, actuando como titular o representante de diversas compañías de transporte en Ecuador, y responsable ante el SENAE por sus operaciones.
uu) Operador Portuario o Aeroportuario
Persona jurídica que con autorización de la autoridad competente, administra las instalaciones de un puerto o aeropuerto determinado
vv) Peso Bruto
Es el peso de las mercancías, incluido el embalaje y paletas para el
transporte internacional, pero excluyendo la unidad de carga
xx) Peso Neto
Peso propio de una mercancía, no incluye ningún componente adicional
yy) Peso Recibido
Peso total de las mercancías incluida la unidad de carga que se recibe en el depósito temporal
zz) Precinto
Mecanismos que aseguran que solo las personas que están autorizadas puedan abrir unidades de carga, A los precintos no se les considera mercancías
ww) Peso Manifestado
Es el peso bruto de las mercancías que se consigna en el
manifiesto de carga
Art. 2 Definiciones
jjj) Tripulante
Persona a bordo de un medio de transporte al llegar o salir del territorio nacional
kkk) Unidad de Carga
Continente para acondicionar mercancías para su transporte, puede ser remolcado pero no tiene tracción propia
lll) Unidad de Transporte
Transporte para mercancías con tracción propia o autopropulsión
mmm) Unidades Comerciales
Cantidad de mercancías negociadas, que puede diferir de las unidades físicas del Arancel nacional, registrada en la factura o contrato
nnn) Unidades Físicas
Unidad de medida del Arancel Nacional vigente para las subpartidas y debe incluirse en la Declaración Aduanera
ooo) Viajero
Persona nacional o extranjera que ingresa o sale del país
ppp) Referendo
Número que identifica y valida una declaración aduanera
qqq) Subvaloración
Alteración del valor en aduana, manipulación del valor de la mercancía importada que afecta a la recaudación de tributos
rrr) Equipos no intrusivos
Equipos con rayos x que generan imágenes de mercancías y transportes, tiene una interfaz informática para ajustar distintas características
sss) Inspección física
Verificación de la naturaleza, origen, estado, cantidad, valor, clasificación arancelaria y tratamiento normativo de la mercancía mediante las autoridades competentes
ttt) Inspección no intrusiva
Control de las autoridades mediante equipos no intrusivos para la verificación mediante la declaración aduanera
uuu) Ensamblaje
Unión íntima de dos o más piezas
vvv) Normativa aplicable
Para las obligaciones aduaneras es la vigente a la fecha de aceptación de la declaración aduanera y para los documentos de acompañamiento es las vigente en la fecha de embarque
www) Fecha de inicio de último viaje con destino a Ecuador
Fecha de inicio del flete internacional hacia Ecuador, sin contar ni escalas ni transbordos
Art. 2 Definciones
Aquella persona que recibe mercancías y acredita su condición en el documento de transporte, podrán renunciar a la mercancía únicamente quien tiene propiedad sobre estas
ccc) Propietario o Consignatario
Productos generados a partir de la incorporación, transformación, elaboración o reparación en ZEDES o Zonas francas
bbb) Productos Compensadores Especiales
Resultantes de la incorporación, transformación, elaboración o reparación de mercancías bajo perfeccionamiento activo o pasivo
aaa) Productos Compensadores
Tratamiento que se solicita por el declarante según la legislación vigente
fff) Régimen Aduanero
Salida definitiva de las mercancías del territorio aduanero bajo un régimen aduanero, con excepción del régimen de importación a consumo
eee) Reexportación
Terminal intermodal interior, conectado con terminales marítimas, aéreas o fluviales, puede posponer el control aduanero hasta su llegada al puerto seco
ddd) Puerto Seco
Es quien emite un documento de transporte master, se respalda con el manifiesto de carga
iii) Transporte efectivo
Traslado de mercancías usando al menos dos tipos diferentes de transporte bajo un contrato de transporte multimodal
hhh) Transporte multimodal Internacional
Proceso en el que las mercancías cambian de forma o naturaleza, y que cambia de código arancelario
ggg) Transformación