A causa del artículo 2 de la Ley N.º 31178 del 28 de abril de 2021 se modificó el tipo penal 389 CP y se modificó las penas del delito de malversación. Desde ahí, el autor o autores del delito en her- menéutica, luego del debido proceso penal, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años; inha- bilitación a que se refieren los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36, de cinco a veinte años, y ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.