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Carga y Descarga - Sección III - Coggle Diagram
Carga y Descarga - Sección III
Carga y Descarga (Art. 37)
Requisitos Generales
La mercancía proveniente del exterior debe estar descrita en el manifiesto de carga.
Descarga Fuera de Lugares Habilitados:
Autorización: Director o Directora Distrital.
Casos Especiales: Cantidad, volumen, o naturaleza de las mercancías.
Mercancías de Exportación:
Control: Sometidas a la Autoridad Aduanera.
Autorización de Salida: Por la autoridad naval, aérea o terrestre.
Recepción del Medio de Transporte (Art. 38)
Inspección y Vigilancia
Posibilidad de inspección del medio de transporte y mercancía por el funcionario aduanero competente.
Espacio para Autoridades:
Responsables: Empresas concesionarias de puertos o aeropuertos.
Función: Proveer espacio físico para la estadía permanente de autoridades de salud, migración, y control de medios de transporte.
Libre Movilidad
Garantía: Para funcionarios autorizados por el Director Distrital.
Regulación y Supervisión
Entidades: Instituciones correspondientes regulan y supervisan el desempeño.
Interconexión Informática: Con la Autoridad Aduanera.
Tiempos de Descarga:
Regulados por la Autoridad Aduanera.
Fecha de Llegada y Salida (Art. 39-40)
Fecha de Llegada:
Definida como la llegada del medio de transporte al primer punto de control aduanero.
Excepciones: Determinadas por la Directora o Director General.
Fecha de Salida
Definida como la fecha en que el medio de transporte sale del territorio aduanero.
Descarga en Lugares No Habilitados (Art. 41)
Autorización por Director Distrital
Mercancías Peligrosas: Cargas que son peligrosas.
Cargas Especiales o a Granel: Requieren condiciones especiales.
Catástrofes o Desastres Naturales: Situaciones excepcionales.
Situaciones que Amenazan Integridad: Casos que afectan la integridad de las mercancías.
Descarga Directa (Art. 42)
Importadores Acreditados:
Permiso: Desembarcar mercancías a un depósito autorizado fuera de la zona primaria aduanera.
Condiciones
Bajo Potestad Aduanera: Mercancías permanecen bajo control aduanero sin derecho a uso.
Uso Inmediato: Posible solo con autorización del Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
Novedades en Descarga (Art. 43)
Faltantes
Plazo: Reportar a la Autoridad Aduanera en 24 horas.
Contenido: Relación de faltantes con características y causa.
Descargas No Manifestadas
Plazo: Presentar carta y certificado dentro de las 24 horas siguientes a la descarga.
Sanciones:
Incumplimiento de Plazos: Sujeto a sanción por falta reglamentaria.
Carga a Granel:
Margen de Tolerancia: Aceptado de acuerdo a disposiciones nacionales, no se considera infracción aduanera.
Pesca en Alta Mar:
Procedimientos: Sujetos a normas del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
Hallazgo de Carga (Art. 44)
Carga encontrada en el territorio nacional sin propietario conocido.
Procedimiento
Entrega: A la Autoridad Aduanera del distrito más cercano.
Inventario: Utilizado como manifiesto si no existe uno.
Publicación
Plazo: 24 horas para publicación electrónica en el sitio web del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
Subasta: Si no hay interesados en 48 horas, la carga será subastada.
Destino del Producto:
Subasta: Producto obtenido va a la cuenta única del Tesoro Nacional.