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Sección III - Carga y Descarga
Arribo Forzoso (Art. 45)
Arribo no previsto debido a mal tiempo, fuerza mayor o caso fortuito.
Proceso:
Autorización
Autoridad naval, aérea o terrestre autoriza el arribo.
Transportista comunica a la Autoridad Aduanera.
Operaciones Aduaneras:
Opciones:
c) Continuar trayecto planificado.
b) Traslado a otro punto.
a) Declaraciones aduaneras.
Cambios en el manifiesto:
Sin multas por correcciones.
Documentación:
Documento de soporte para declaraciones.
Traslado:
Dentro de cinco días desde la legitimación del arribo forzoso.
Traslado:
Dentro de cinco días desde la legitimación del arribo forzoso.
Descarga en Zona Primaria Diferente (Art. 46)
CONDICIONES
Autorización del Director Distrital del nuevo destino.
Importación previamente manifestada.
Sanción:
Contravención por descarga en puerto distinto.
Re-estiba (Art. 47)
Reubicación de carga dentro del medio de transporte.
TIPOS
Planificada: Detalle de carga en el sistema aduanero.
No Planificada: Supervisión aduanera de la operación.
RESPONSABILIDAD
Transportista para re-estiba no planificada.
Concesionario para operaciones portuarias.
Reestiba de Mercancías (Art. 48)
Operaciones Autorizadas:
a) Cambio de cortina protectora.
b) Cierre correcto de puertas
c) Extracción y reemplazo de carga.
d) Completar contenido con carga adicional.
e) Verificación y reempaque.
f) Trasteo para exportación.
g) Extracción y destino aduanero
Transporte Multimodal (Art. 49)
Uso de dos o más medios de transporte.
Responsabilidad:
Operador autorizado garantiza mercancías y tributos.
Documentación:
Manifiesto de ingreso/salida con condiciones de transporte.
Retrasos:
Retraso mayor a 4 horas requiere depósito temporal.
Cambios de Destino:
Endoso del documento y solicitudes a la Autoridad Aduanera.
Cubre Faltas (Art. 50)
Procedimientos:
Según dictámenes del Servicio Nacional de Aduana.
Embarques Parciales (Art. 51)
Autorización:
Para unidades funcionales o por falta de espacio.
Verificación:
Requisitos del Director Distrital.
Material para Uso Emergente (Art. 52)
Equipos y repuestos para reparación urgente.
Proceso:
Reparación dentro de zona primaria o secundaria.
Despacho:
Sin declaración aduanera.
Uso:
Naves o aeronaves nacionales o internacionales.
Repuestos:
Destino aduanero de piezas reemplazadas.
Depósitos de Unidades de Carga (Art. (...)
Autorización:
Para acopio de unidades de carga vacías.
Regulación:
Normas establecidas por la máxima autoridad aduanera.
EMERSON FABRICIO VIZCAINO VERA