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LA TIPICIDAD - Coggle Diagram
LA TIPICIDAD
EL TIPO PENAL, LA TIPICIDAD Y LA TIPIFICACION PENAL
FUNCIONES DEL TIPO
FUNCION FUNDAMENTADORA: Fundamenta la responsabilidad penal en sentido amplio, porque tanto la imposicion de una pena como la aplicacion de una medida de seguridad requieren que el sujeto activo haya realizado una accion adecuada al tipo penal.
FUNCION MOTIVADORA: Con la descripcion de los comportamientos en el tipo penal, el legislador indica a los cudadanos que comportamientos estan prohibidos y espera que, con la conminacion penak contenida en los tipos, los ciudadanos se abstengan de realizar la conducta prohibida.
FUNCION GARANTIZADORA: Garantiza a los ciudadanos contra toda clase de persecucion penal que no este basada en norma expresa dictada con anterioridad a la comision del hecho, excluyendo de este modo de aplicar las leyes penales por analogia o en forma retroactiva.
FUNCION SISTEMATIZADORA: La teoria del tipo ha servido para tender puente de union entre la parte general y la parte especial del derecho penal.
ELEMENTOS DEL TIPO
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS: Sujetos (activo y pasivo), conducta y objetivos (materiales y juridico).
ELEMENTOS OBJETIVOS: Son los diferentes tipos penales que estan en la Parte Especial y que tienen como punto de arranque una descripcion objetiva de detemrinados estados y procesos que deben constituir base de la responsabilidad crimianl
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ELEMENTOS NORMATIVOS DEL TIPO: Se refieren a aquellos datos que no pueden ser, generalmente, representandos e imaginados sin presuponer logicamente una norma.
ELEMENTOS DESCRIPTIVOS DEL TIPO: Son aquellos que contienen descripciones asequibles a la "percepcion sensorial", pero que no contiene ya su valorarion.
EVOLUCION DEL TIPO
EL TIPO EN LA TEORIA FINALISTA DE LA ACCION: La intencion es un elemento de la acciony, por tanto, del tipo. Por esta razon, los finalistas distinguen, de un lado, una parte objetiva del tipo y del otro una parte subejtiva
ETAPA DE LA RATIO ESSENDI: El tipo es la razon de ser de la antijuridicidad, el acto debe ebcajar en el tipo, por eso un acto ya no es tipico y antijuridicidad sino es tipiccamente antijudico.
ETAPA INDICIARIA: La tipicidad realiza una funcion indiciaria respecto a la antijuridicidad: la tipicidad de una conducta es indicio de antijuricidad.
ETAPA DE LA IDENPENDENCIA DEL TIPO: El tipo tiene un caracter puramente descriptiva y sin conexcion con la conducta o con antijuridicidad
JUICIO DE TIPICIDAD
L a tipicidad es el resultado de la verificacion de si la conducta y lo descrito en el tipo coinciden. A este proceso de verificacion de denominado juicio de tipicidad, que es un proceso de imputacion donde el interprete, tomando como base el bien juridico protegido, va a establecer si un determinado hecho puede ser atribuido a lo contenido en el tipo penal.
AUSENCIA DEL TIPO
Esto supone que el hecho cometido no es delito; el hecho no esta descrito en el codigo penal como delito. La ausencia de tipo presupone la absoluta imposibilidad de dirigir la persecucion contra el autod de una conducta no descrita en la ley.
CATEGORIAS DEL TIPO
LEVES: Las consecuencias juridicas son leves. Por ejemplo, el castigado para el dolo
MENOS GRAVES: Las sanciones son menos graves. Por ejemplo, la sanción para el homicidio es mas corta que para el asesinato
GRAVES: Este tipo establece delitos graves con sanciones penales tambien agravadas, como pueden ser el asesinato, el parricidio,etc.
ESTRUCTURA DEL TIPO
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BIEN JURIDICO: Un bien juridico en la teoria del delito es un valor considerado fundamenta para una sociedad que la norma penal quiere proteger de comportamientos huamnos que puedan dañarlo.
SUJETO ACTIVO: El delito como obra humana siempre tiene un autor, aquel que precisamente realiza la accion penal prohibida u omite la accion esperada
LA TIPICIDAD: Es la adecuacion del acto humano voluntario ejecutado por el sujeto a la figura descrita por la ley penal como delito. Es la adecuacion, el encaje, la subsuncion del acto humano voluntario al tipo penal. Si se adecua es indicio de que es delito
IMPORTANCIA DEL TIPO
GARANTIA PROCESAL: Si el supuesto de hecho encaja en la descripcion, es decir, si hay suficientes indicios de culpabilidad, solo asi se dictara auto de culpa: Sobre esta base recien el plenario comprobara su dicha conducta fue antijuridica y culpable.
GARANTIA PENAL: Si las leyes se refieren a modos de obrar, es obvio que nadie puede ser penalmente incriminado por lo qe es sino solo por lo que hace, Asi, nadie puede ser obligado a hacer lo que la constitucion y las leyes no manden, ni privarse de lo que no prohiben.
TIPO PENAL: Es la descripcion de un acto omisivo o activo como delito establecido en el presupuesti juridico de una ley penal. Los tipos penales estan compilados en Parte Especial de un CP. El tipo penal es el concepto legal
PAZ OBJETIVA
CONDUCTA: Es toda actuación controlada y dirigida por la voluntad del hombre
que causa un resultado en el mundo fenomenológico.
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TIPO PENAL
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instrumento legal, lógicamente necesario y de naturaleza predominantemente descriptiva, que
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La tipicidad se reifere a la adecuacion de una conducta a la descripcion normativa contenida en la ley penal.
En otras palabras, un acto es tipico cuando cumple con todos los elementos y requisitos estabelcidos por la legislación para considerarse un delito.