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Herencia - Coggle Diagram
Herencia
La aceptación de la herencia es el acto por el cual el heredero declara su voluntad de recibir los bienes y obligaciones que le corresponden del causante. Puede ser de dos tipos:
Pura y simple:
El heredero acepta la herencia sin ninguna condición, asumiendo tanto los bienes como las deudas del fallecido.
Efectos:
El heredero se convierte en propietario de todos los bienes y derechos del causante.
Asume todas las deudas y obligaciones del fallecido.
Caducidad de la Herencia
La caducidad se refiere a la pérdida del derecho a heredar si no se cumplen ciertos requisitos en tiempo y forma.
Causas de caducidad:
No actuar dentro del plazo legal.
Incumplir con requisitos formales establecidos por la ley.
Plazos legales:
Existen plazos específicos dentro de los cuales se debe aceptar o repudiar la herencia.
A beneficio de inventario:
El heredero acepta la herencia pero limita su responsabilidad a la cuantía de los bienes heredados.
Efectos:
Protege al heredero de tener que pagar deudas del fallecido que excedan el valor de los bienes heredados.
Requiere un inventario formal de los bienes del fallecido.
Repudiación de la Herencia
La repudiación es el acto por el cual el heredero declara su voluntad de no recibir la herencia. Es importante entender:
Irrevocabilidad:
Una vez realizada, la repudiación no puede ser revocada.
Plazo para repudiar:
Debe realizarse dentro de un plazo establecido por la ley, generalmente 30 días después de conocer la existencia de la herencia.
Capacidad para Testar
La capacidad para testar se refiere a quién puede hacer un testamento. Según la ley:
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Incapacidades legales:
Personas con ciertas incapacidades mentales o bajo tutela pueden estar restringidas de testar.
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