Cuando se almacenan, manipulan o transfieren combustibles gaseosos o líquidos de Clase I, el cableado y el equipo eléctrico deben cumplir con los requisitos para lugares peligrosos de Clase I, División 1 o 2, según las secciones 500.5 y 500.6, y este artículo. Un lugar de Clase I no debe extenderse más allá de una pared sin perforaciones, un techo u otra división sólida sin aberturas. [30A:8.3.5, 8.3.2]
(A) Garajes para estacionamiento: Los garajes utilizados para almacenamiento o estacionamiento pueden no estar clasificados como peligrosos.
(B) Garajes para reparación, con sistemas de surtidor: Los garajes para reparaciones mayores y menores que suministran combustibles a los vehículos, incluyendo líquidos inflamables con un punto de inflamación por debajo de 38° C (100° F) como la gasolina o combustibles gaseosos como el gas natural, hidrógeno o LPG,
(C) Garajes para reparaciones mayores: Cuando no se van a surtir líquidos inflamables con un punto inflamable por debajo de 38° C (100° F) tales como la gasolina o combustibles gaseosos como por ejemplo gas natural, hidrógeno o LPG, sino que se llevan a cabo actividades de reparación que involucran la transferencia de tales fluidos o gases
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