MANUAL ESPECÍFICO PARA EL REGISTO DE SEPARACIÓN DE LA CARGA Y EL FRACCIONAMIENTO DEL DOCUMENTO DE TRANSPORTE
OBJETIVO
Establecer las actividades necesarias para realizar de manera correcta la separación de la carga y
fraccionamiento del documento de transporte de importación, a fin de estandarizar su ejecución.
ALCANCE
Está dirigido a los Operadores de Comercio Exterior, servidores aduaneros de la Dirección de Zona
Primacía, Dirección de Despacho, Dirección de Puerto Marítimo y todos aquellos servidores aduaneros que de alguna manera se encuentren involucrados en el proceso que se inicia con la Solicitud de Separación/Fraccionamiento
RESPONSABILIDAD
La aplicación, cumplimiento y realización de las tareas establecidas son responsabilidades de todos los operadores de comercio exterior y servidores aduaneros que se encuentren involucrados en el proceso de separación de la carga y del fraccionamiento del documento de transporte de importación conforme el procedimiento establecido..
La realización de mejoramiento, cambios solicitados y gestionados por los Distritos, le corresponde a la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de Información para su aprobación y difusión.
NORMATIVA VIGENTE
Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Copci, Registro Oficial Suplemento
351, 25/diciembre/2010.
Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Copcí,
Registro Oficial Suplemento 452, 1S/mayo/2011.
Técnico Operador: Es el servidor aduanero que dentro del proceso de separación y fraccionamiento, se encarga de disponer la separación de la mercancía, una vez que en el proceso de aforo (documental, físico, universal, no intrusivo), a una parte de la misma se debe dar otro destino aduanero, así como también se encarga de efectuar la operación en si de la operación.
Área de Aforo, Courier, Correos del Ecuador: los técnicos operadores de estas áreas son los encargados de registrar las solicitudes de inspección cuando producto del aforo se disponga realizar esta operación porque la mercancía no cumple con las formalidades aduaneras.
La separación y fraccionamiento de la carga puede darse cuando existan declaraciones a
consumo, a régimen especial, courier y correos; cuando dichas mercancias se encuentren
almacenadas en los depósitos temporales, courier o Correos del Ecuador, respectivamente.
La solicitud de inspección para la separación de la carga y el fraccionamiento del documento de transporte se podrá realizar para mercancías que cuenten o no con una DAI/DAS, pueden ser realizados: antes de la presentación de la DAI/DAS durante el proceso de aforo o producto de una operación realizada por Zona Primaria al momento de la salida de la mercancía, en el cual se hayan detectado novedades respecto de la carga.
Cualquiera que sea la instancia, la separación de la carga y el fraccionamiento del
documento de transporte, se realiza a través de la operación de inspección
Para el segundo caso, esto es cuando la DAI/DAS está presentada y producto del aforo
fisico o documental existan novedades con respecto de las cargas que impliquen
separación de la mercancía, el importador o su agente de aduana tendrá el tiempo de
subsanación, de conformidad con el Art. 98 del Rcopci.
Cuando producto de inspecciones por concepto de novedades a la
salida que sean confirmadas por parte del técnico operador de Zona Primaria y que
ameriten efectuar la separación de la mercancía, el técnico operador de Despacho debe
levantar el cierre de aforo para realizar la solicitud de inspección por separación en
fricción de lo registrado en el informe de inspección.
Se permitirá asociar a la solicitud uno o varios documentos de transporte, siempre y cuando pertenezcan al mismo OCE, mismo manifiesto de carga y que se encuentren en el mismo depósito temporal.
Cuando la solicitud tenga estado de realizada o no realizada; se puede solicitar cualquier tipo de inspección al mismo número de carga
La aprobación de la solicitud de inspección para fraccionamiento cuando no tenga DAI asociada será aprobada automáticamente a través del sistema informático del Senae
El técnico operador de Zona Primaria debe realizar la inspección al 100% y procede con la separación de la mercancía correspondiente
El técnico operador de Despacho debe revisar el informe de inspección y actualizar la información en la DAI a nivel de cantidad, ítems y peso neto
Producto de la separación puede resultar que se originen uno o más números de carga.
En los casos que la mercancía que no cumple con las formalidades por temas de logistica
y almacenamiento deba permanecer en el contenedor, debe registrarse en “peso separado"
Se ha adicionado la opción para seleccionar la forma de realizar este fraccionamiento/separación, los cuales son:
PARCIAL: Se pueden efectuar separaciones de tipo parcial siempre que el peso separado sea menor al peso recibido y mayor a 0.
TOTAL: Se puede escoger esta opción solo si existe más de un ítem en el detalle de la mercancía del inventario para el número de carga a separar
PROCEDIMIENTO
- Registro solicitud de inspección
- Asigna y aprueba automática o manualmente
- Realiza separación y fraccionamiento
- Revisa el resultado de la operación.
- Transmite la DAI
- Actualiza la información en la DAI