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CAPITULO IV "DE LAS DISPOCICIONES DE APRICACION Y TRANCITORIAS" …
CAPITULO IV "DE LAS DISPOCICIONES DE APRICACION Y TRANCITORIAS"
En este texto se establece las reglas que aplican a las sociedades que no se constituyen de acuerdo con los tipos específicos mencionados en el Capítulo II de la Ley.
Relaciones entre Acreedores
Descripción: Regula las relaciones entre los acreedores de la sociedad y los particulares de los socios.
Regulación: Establece que estas relaciones se rigen como si se tratara de una sociedad conforme a los tipos del Capítulo II, incluso en casos de quiebra.
Responsabilidad de los Socios
Regulación: Los socios responden mancomunadamente y por partes iguales, salvo en casos específicos como estipulaciones expresas o incumplimientos del contrato social.
Descripción: Define cómo responden los socios frente a terceros.
Sociedades Incluidas
Descripción: Se refiere a las empresas que no cumplen con los requisitos legales al constituirse.
Regulación: Estas empresas se rigen por las normas establecidas en esta sección de la Ley.
Disolución. Liquidación
Descripción: Describe el proceso de disolución y liquidación de la sociedad.
Regulación: Cualquier socio puede solicitar la disolución notificando a los demás socios; luego se procede a la liquidación conforme al contrato y la ley.
Bienes Registrables
Descripción: Se refiere a los bienes que la sociedad puede adquirir y cómo deben registrarse.
Regulación: Para adquirir tales bienes, la sociedad debe demostrar su existencia y las facultades de su representante ante el Registro mediante un acto formal.
Subsanación
Regulación: Las deficiencias pueden corregirse por acuerdo unánime de los socios o judicialmente en caso de desacuerdo.
Descripción: Detalla cómo corregir omisiones o errores en la constitución de la sociedad.
Régimen Aplicable
Descripción: Trata sobre la validez del contrato social entre los socios y su oponibilidad a terceros.
Regulación: El contrato solo es oponible a terceros si pueden demostrar que lo conocían al momento de la transacción. También se puede invocar contra la sociedad, sus socios y administradores.
Representación: Administración y Gobierno
Regulación: Cualquier socio puede representar a la sociedad ante terceros mostrando el contrato, salvo que estos demuestren conocer sus disposiciones.
Descripción: Establece las cláusulas relacionadas con la representación y administración de la sociedad.