Este artículo establece que una vez que los liquidadores hayan preparado el balance final y el plan de distribución de activos, estos documentos deben ser presentados a los socios para su revisión. Los socios tienen un plazo de quince días para impugnarlos si consideran que hay algún problema. Si se presentan impugnaciones, la acción legal correspondiente debe iniciarse en un plazo de sesenta días. Todas las impugnaciones serán tratadas en un único proceso judicial. En el caso de las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades por acciones que superen cierto capital establecido por la ley, el balance final y el plan de distribución, firmados también por los síndicos, deben ser aprobados por la asamblea. Los socios o accionistas que no estén de acuerdo o estén ausentes durante esta aprobación, pueden impugnar legalmente estas decisiones en el plazo mencionado anteriormente, contado desde la aprobación por la asamblea.