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((y) Derechos Arancelarios Específicos: Recargos fijos establecidos por la…
y) Derechos Arancelarios Específicos: Recargos fijos establecidos por la autoridad, aplicados según condiciones específicas de las mercancías, como peso, unidades, dimensiones o volumen.
z) Derechos Arancelarios Mixtos: Combina derechos arancelarios ad valorem y específicos, aplicados conjuntamente.
aa) Despacho Aduanero: Procedimiento administrativo para mercancías bajo control aduanero, declaradas para un régimen o destino aduanero.
bb) Declarante: Persona que presenta una Declaración Aduanera en su nombre o en nombre de otro, según las normativas aplicables.
cc) Destrucción Total: Eliminación completa de objetos o productos, dejándolos sin valor comercial.
dd) Documento de Transporte: Acuerdo entre un operador de transporte y un usuario, comprometiendo al operador a transportar carga a cambio de un precio determinado, y es susceptible de cesión o endoso.
ee) Envíos o Paquetes Postales: Expediciones realizadas por operadores públicos o privados autorizados en regímenes de Tráfico Postal y Mensajería Acelerada o Courier.
ff) Herramientas o Equipo de Trabajo: Utensilios y equipos profesionales importados para iniciar una actividad productiva, exentos de impuestos bajo ciertas condiciones. Incluye equipos que viajeros llevan consigo, relacionados con su actividad profesional.
gg) Levante o Retiro de las Mercancías: Autorización de la Autoridad Aduanera para disponer de mercancías según el régimen aduanero autorizado, tras cumplir los requisitos aduaneros.
r) Co-mail: Documentos y materiales internos utilizados por líneas aéreas y explotadores, como guías aéreas, billetes, tarjetas de embarque, informes de daños, etiquetas, horarios y documentos de balance.
s) COMAT: Material aeronáutico para aprovisionamiento, reparación, mantenimiento y equipos necesarios para la operatividad de aeronaves nacionales e internacionales.
t) Consolidación de Carga: Acto de agrupar mercancías de uno o varios remitentes para su transporte hacia o desde Ecuador, mediante contrato con un consolidador autorizado.
u) Consolidador de Carga: Operador autorizado distinto del transportista, que agrupa y transporta carga bajo su nombre y responsabilidad, destinada a uno o más consignatarios finales.
v) Control Aduanero: Conjunto de medidas adoptadas por la Autoridad Aduanera para asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera por parte de los operadores de comercio exterior.
w) Derechos Arancelarios: Tributos aplicados al comercio exterior, que pueden ser ad-valórem, específicos o mixtos.
x) Derechos Arancelarios Ad Valórem: Tributos basados en porcentajes aplicados sobre el valor de las mercancías, establecidos por la autoridad competente.
a) Autoridad Aduanera: Órgano público que facilita y controla el comercio exterior, aplica la legislación aduanera y recauda impuestos.
b) Agente de Carga de Exportaciones: Entidad autorizada para gestionar y agrupar mercancías, presentar declaraciones aduaneras y emitir documentos de transporte.
c) Costos de Conservación Aduaneros: Gastos de almacenamiento de mercancías incautadas, cubiertos por la aduana si se declara la inocencia del propietario.
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e) Auto liquidación: Cálculo preliminar de impuestos hecho por el contribuyente al mover mercancías, sobre el cual se basa la liquidación de tributos.
f) Autotransporte: Medio de transporte que se mueve por sí mismo y no puede ser llevado en otros vehículos.
g) Bienes de Capital: Mercancías usadas en procesos productivos para aumentar el patrimonio material o financiero, no destinadas al consumo.
h) Cantidad: Declaración exacta de las unidades, peso, dimensiones u otra medida relevante de las mercancías con incidencia tributaria aduanera.
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j) Carga de Correos Rápidos o Postal: Carga agrupada y transportada bajo la responsabilidad de una entidad operadora de encomiendas internacionales.
k) Carga Contenerizada: Carga de uno o varios remitentes, documentada y transportada dentro de una unidad de carga.
l) Carga Especial: Mercancías que, por su cantidad, volumen, peso, dimensiones o naturaleza, no pueden ser transportadas en unidades de carga normales.
hh) Manifiesto de Carga de Correos Rápidos o Postal: Documento simplificado que individualiza cada guía de envíos o paquetes postales en un transporte, presentado a la aduana para acceder al régimen de tráfico postal o mensajería acelerada.
ii) Manifiesto de Carga: Documento con información sobre el medio de transporte, número de bultos, peso e identificación de la carga, presentado por el transportista internacional o su operador a la aduana al entrar o salir del país.
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kk) Mercancía Extranjera: Bien producido o fabricado en otro territorio aduanero, sin cumplir aún los trámites necesarios para su despacho en Ecuador.
ll) Mercancías Faltantes: Mercancía que no se encuentra tras una inspección física pero figura en el manifiesto de carga.
mm) Mercancía Nacional: Bien producido, fabricado o creado en el territorio aduanero nacional, que no ha sido exportado definitivamente o ha regresado por circunstancias ajenas al exportador.
m) Carga a Granel: Mercancías sólidas, líquidas o gaseosas transportadas sin embalaje en medios diseñados para tal efecto.
n) Carga Consolidada: Mercancías de uno o varios destinatarios agrupadas bajo un mismo documento de transporte.
o) Carga Peligrosa: Artículos o sustancias que representan un riesgo significativo para la salud, el medio ambiente, la seguridad personal o de bienes, según normativa nacional o internacional.
p) Carga Suelta: Bienes individuales no transportados en unidades de carga y manipulados como unidades separadas, a menudo resultado de una desconsolidación.
q) Coloaded: Práctica internacional donde carga de dos o más consolidadores es transportada conjuntamente para ofrecer un servicio global a través de otro consolidador autorizado.
nn) Mercancía Nacionalizada: Bien extranjero que ha cumplido con todas las formalidades aduaneras para su importación.
oo) Mercancía Náufraga: Bien extranjero, incluidos restos de medios de transporte, rescatado dentro del territorio ecuatoriano tras un siniestro, cuando no se puede identificar al propietario o consignatario.
pp) Mercancía no Manifestada: Bienes cargados o descargados de un transporte que no figuran en el manifiesto de carga.
qq) Mercancía Rezagada: Bien encontrado en la zona primaria o secundaria sin propietario, consignatario o consignante conocido.