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Artículo 2: Definiciones, Definiciones - Coggle Diagram
Artículo 2: Definiciones
Autoridad Aduanera.- Entidad gubernamental responsable de facilitar el comercio exterior, aplicar las leyes aduaneras, recaudar impuestos y otros cargos relacionados, y ejercer control aduanero, proporcionando servicios aduaneros según el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.
Agente de Carga de Exportaciones:Entidad autorizada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador para gestionar la carga, consolidar mercancías y presentar declaraciones aduaneras en exportaciones, cumpliendo regulaciones específicas y emitiendo documentos de transporte.
Costos de Conservación Aduaneros.- Gastos incurridos durante el almacenamiento de mercancías confiscadas por disputas legales, asumidos por la autoridad aduanera únicamente si se declara la inocencia del propietario mediante sentencia firme.
AOG (Aircraft On Ground) En términos aduaneros, se refiere a una aeronave inmovilizada en tierra debido a problemas técnicos graves.
Auto liquidación Cálculo preliminar de impuestos realizada por el contribuyente al ingresar o salir mercancías del territorio aduanero, sobre la cual se determinan los tributos y otros cargos.
Autotransporte Medio de transporte que se mueve por sí mismo y, debido a sus características, no puede ser transportado en otras unidades de transporte.
Bienes de Capital Mercancías destinadas a procesos productivos para aumentar el patrimonio material o financiero, no destinadas al consumo directo.
Cantidad Declaración exacta de las unidades físicas, peso, dimensiones u otra medida de las mercancías con relevancia tributaria en la obligación aduanera.
Carga Cualquier bien que puede ser transportado.
Carga de Correos Rápidos o Postal Carga agrupada y transportada bajo la responsabilidad de una entidad pública o privada que opera envíos internacionales
Carga Contenerizada Mercancías de uno o varios remitentes, transportadas en una unidad de carga con uno o varios documentos de transporte.
Carga especial Mercancías que, debido a su cantidad, volumen, peso, dimensiones o naturaleza, no pueden ser transportadas en unidades de carga convencionales.
Carga a granel Mercancías sólidas, líquidas o gaseosas transportadas sin embalaje, en medios o unidades de carga especialmente diseñados.
Carga Consolidada Mercancías de uno o varios destinatarios, agrupadas para ser transportadas bajo un mismo documento de transporte.
Carga peligrosa Artículos o sustancias que representan un riesgo significativo para la salud, el medio ambiente, la seguridad personal o los bienes, según regulaciones nacionales o internacionales.
Carga suelta Bienes individuales que, debido a su tamaño o naturaleza, no son transportados en unidades de carga y se manejan como unidades separadas, o que adquieren este estado tras desconsolidarse.
Manifiesto de carga de correos rápidos o postal.- Documento simplificado que identifica cada una de las Guías de Envíos o Paquetes Postales transportados, presentado a la aduana para acceder al régimen de tráfico postal o mensajería acelerada.
Manifiesto de Carga- Documento físico o digital que contiene información sobre el medio de transporte, número de bultos, peso e identificación general de la mercancía, presentado por transportistas internacionales a la aduana al entrar o salir del país.
Mercancía Cualquier bien mueble transferible y clasificable en el Arancel Nacional de Importaciones.
Mercancía extranjera Bienes producidos, fabricados o extraídos en otro territorio aduanero distinto al ecuatoriano, que no han cumplido los trámites aduaneros necesarios.
Mercancías faltantes Bienes que no se encuentran durante una inspección física pero están registrados en el Manifiesto de Carga.
Mercancía nacional Bienes producidos, fabricados, cosechados o creados en el territorio aduanero nacional, o que han adquirido origen conforme a normas internacionales, no exportados definitivamente o que han regresado al país por causas ajenas al exportador.
Mercancía nacionalizada Bienes extranjeros que han cumplido con todas las formalidades aduaneras para su importación a consumo.
Mercancía náufraga Bienes extranjeros, incluidos restos de medios de transporte rescatados en el territorio ecuatoriano tras un siniestro, cuyo propietario o consignatario no ha sido identificado.
Mercancía no Manifestada Bienes cargados o descargados de un medio de transporte que no están registrados en el Manifiesto de Carga.
Mercancía rezagada Bienes en zona primaria o secundaria cuyo propietario, consignatario o consignante es desconocido.
Operador de Comercio Exterior Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que interviene en el tráfico internacional de mercancías, a veces necesitando autorización de la autoridad competente.
Derechos Arancelarios Ad Valórem*.- Impuestos calculados como un porcentaje del valor de las mercancías, establecidos por la autoridad competente.
Peso Neto Peso de la mercancía sin embalaje ni paletas.
Co-mail*.- Documentos y material interno de líneas aéreas, como manuales, formularios, correspondencia, billetes de pasajes y etiquetas, usados en operaciones internacionales.
Derechos Arancelarios Específicos*.- Impuestos fijos aplicados según características específicas de las mercancías, como peso, volumen o unidades físicas, establecidos por la autoridad competente.
Consolidador de carga*.- Operador autorizado que agrupa y transporta carga bajo su responsabilidad, sin ser el transportista, hacia uno o varios destinatarios finales, y no es responsable por acciones u omisiones de importadores o exportadores.
Operador de Transporte Persona jurídica legalmente habilitada para realizar contratos relacionados con el transporte de mercancías, actuando como titular o representante de compañías de transporte en el territorio ecuatoriano, y responsable ante la aduana por sus operaciones.
Operador Portuario o Aeroportuario Persona jurídica autorizada por la autoridad competente para administrar instalaciones portuarias o aeroportuarias.
Peso Manifestado Peso bruto de las mercancías registrado en el manifiesto de carga.
Coloaded*.- Práctica internacional donde dos o más consolidadores, como agentes de carga o transitarios, envían mercancías juntos a través de otro consolidador para ofrecer un servicio global mediante la logística compartida.
COMAT*.- Materiales aeronáuticos destinados a mantenimiento y operatividad de aeronaves, incluyendo equipos para manejo de pasajeros y carga, utilizados por servicios de transporte aéreo internacional.
Peso Bruto Peso de las mercancías incluyendo embalaje y paletas, excluyendo la unidad de carga.
Control Aduanero*.- Medidas adoptadas por la Autoridad Aduanera para garantizar el cumplimiento de la legislación aduanera, que deben seguir los operadores de comercio exterior.
Derechos Arancelarios*.- Impuestos al comercio exterior, que pueden ser ad-valorem, específicos o mixtos.
Consolidación de Carga*.- Proceso de agrupar mercancías de uno o varios remitentes para ser transportadas hacia o desde Ecuador, bajo un contrato con un consolidador autorizado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
Transporte Multimodal Internacional Traslado de mercancías utilizando al menos dos modos diferentes de transporte bajo un único Contrato de Transporte Multimodal, desde el punto donde el Operador de Transporte Multimodal toma custodia hasta el lugar designado para entrega.
Derechos Arancelarios Mixtos*.- Impuestos que combinan derechos arancelarios ad valorem y específicos, aplicados conjuntamente.
S Transportista Efectivo Aquel que emite un documento de transporte máster, respaldado por el manifiesto de carga, y ejecuta o hace ejecutar el transporte unimodal o multimodal, vía marítima, fluvial, aérea o terrestre.
Declarante*.- Persona que presenta una Declaración Aduanera en nombre propio o de otro, cumpliendo con las condiciones establecidas en la normativa aduanera.
Envíos o Paquetes postales*.- Expediciones realizadas por operadores públicos o privados autorizados, en regímenes de Tráfico Postal y Mensajería Acelerada o Courier.
Herramientas o equipo de trabajo*.- Utensilios o equipos, nuevos o usados, importados para iniciar una actividad productiva en el país, o llevados por viajeros vinculados a su profesión u oficio al entrar o salir del territorio aduanero.
Destrucción total*.- Eliminación completa de objetos o productos, dejándolos sin valor comercial de acuerdo con su naturaleza.
Tripulante Persona a bordo de un medio de transporte al entrar o salir del territorio nacional, prestando servicios como empleado del transportista.
Unidad de Carga Contenedor usado para el acondicionamiento de mercancías para su transporte, sin tracción propia. Incluye barcazas, planchones, contenedores, furgones, paletas, remolques, semirremolques, tanques, vagones de ferrocarril, entre otros.
Unidad de Transporte- Unidad con tracción propia o autopropulsión que permite el transporte de mercancías y/o unidades de carga.
Unidades Comerciales- Cantidad de mercancías objeto de negociación, registrada en la factura comercial
Unidades Físicas- Unidad de medida indicada en el Arancel Nacional de Importaciones para cada subpartida arancelaria, incluida en la Declaración Aduanera.
Propietario o Consignatario*.- Persona natural o jurídica a quien se envían las mercancías, o quien puede acreditar su propiedad mediante el documento de transporte. La renuncia de propiedad a favor del Estado solo puede hacerla quien tiene derechos de disposición sobre las mercancías, sin eximir responsabilidades ante terceros.
Puerto Seco*.- Terminal intermodal interior conectada con terminales marítimas, aéreas o fluviales, que permite posponer el control aduanero, autorizada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
Productos Compensadores Especiales*.- Bienes obtenidos en Zonas Especiales de Desarrollo Económico y Zonas Francas mediante incorporación, transformación, elaboración o reparación.
Régimen Aduanero
.- Tratamiento aduanero aplicable a las mercancías solicitado por el declarante según la legislación aduanera vigente.
Reexportación*.- Salida definitiva del territorio aduanero de mercancías bajo régimen aduanero, exceptuando el régimen de importación para consumo.
Transformación*.- Proceso en el que las mercancías cambian de forma o naturaleza, convirtiéndose en un producto compensador clasificado en una subpartida distinta a la inicial.
Inspección Física- Verificación realizada por autoridades competentes para comprobar naturaleza, origen, estado, cantidad, valor, clasificación arancelaria y tratamiento normativo de las mercancías.
Inspección no Intrusiva- Control realizado por autoridades utilizando equipos no intrusivos para escanear mercancías sin descargarlas, verificando información de la declaración aduanera.
Ensamblaje- Unión o acoplamiento de dos o más piezas.
Normativa Aplicable- Normativa vigente a la fecha de aceptación de la declaración aduanera, salvo documentos de acompañamiento
Fecha de Inicio de Último Viaje con Destino al Ecuador- Fecha de inicio del flete internacional hacia Ecuador, sin considerar escalas o transbordos.
Definiciones
Despacho Aduanero*.- Procedimiento administrativo que somete las mercancías al control aduanero según el régimen o destino aduanero declarado.
Productos Compensadores*.- Bienes resultantes de la incorporación, transformación, elaboración o reparación de mercancías autorizadas bajo el régimen de perfeccionamiento activo o pasivo.
Viajero- Persona nacional o extranjera que ingresa o sale del país.
Levante o Retiro de las Mercancías*.- Autorización de la Autoridad Aduanera para que el declarante disponga de las mercancías conforme al régimen aduanero autorizado, tras cumplir con los requisitos aduaneros.
Documento de transporte*.- Contrato entre un operador de transporte y un usuario, donde el operador se compromete a transportar carga desde un origen hasta un destino por un precio determinado, y es transferible.
Equipos no Intrusivos- Equipos con fuente de emisión de rayos X, que permiten escanear mercancías y medios de transporte sin descargarlas, obteniendo imágenes para verificar cumplimiento normativo.
ELABORADO POR : Juan Pablo Suárez
fecha : 24/06/2024