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REGLAMENTO AL COPCI (SECCIÓN I, ART 2: DEFINICIONES) - Coggle Diagram
REGLAMENTO AL COPCI (SECCIÓN I, ART 2: DEFINICIONES)
PRIMERA PARTE
a) Autoridad Aduanera:
Autoridad Aduanera: Órgano público que facilita el comercio exterior, aplica legislación, recauda tributos y ejerce control aduanero según el código vigente.
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e) Auto liquidación:
Determinación preliminar de tributos por el sujeto pasivo al ingresar o salir mercancías, usada para liquidar tributos al comercio exterior.
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f) Autotransporte:
Medio de transporte considerado mercancía, que se desplaza por sí mismo y no puede ser transportado en unidades habilitadas.
g) Bienes de Capital:
Mercancías destinadas a procesos productivos para incrementar el patrimonio material o financiero directa o indirectamente.
h) Cantidad:
Declaración precisa de unidades físicas, peso neto, dimensiones u otra medida relevante para la tributación aduanera.
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k) Carga Contenerizada:
Mercancías de uno o varios embarcadores, transportadas en una unidad de carga, con documentos de transporte correspondientes.
l) Carga especial:
Mercancías de gran tamaño, peso, volumen o naturaleza que no pueden ser transportadas en unidades de carga estándar.
m) Carga a granel:
Mercancía sólida, líquida o gaseosa transportada sin embalaje, en medios o unidades de carga especializados.
n) Carga Consolidada:
Mercancías de uno o varios consignatarios agrupadas bajo un mismo documento de transporte para su transporte.
o) Carga peligrosa:
Artículo o sustancia que representa riesgo significativo para la salud, medio ambiente o seguridad, según normativas nacionales o internacionales.
p) Carga suelta:
Bienes individuales que, por su tamaño o naturaleza, no se transportan en unidades de carga y se manejan como unidades separadas.
q) Coloaded:
Práctica de embarque donde dos o más consolidadores utilizan a otro similar para proporcionar transporte consolidado global.
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r) Co-mail:
Documentos y correspondencia interna de líneas aéreas y operadores, como guías aéreas, billetes de pasaje, informes de daños, y otros relacionados con servicios aéreos internacionales.
s) COMAT:
Material aeronáutico para aprovisionamiento, reparación, mantenimiento y operatividad de aeronaves en servicios de transporte aéreo internacional de pasajeros y/o carga.
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v) Control Aduanero:
Medidas adoptadas por la Autoridad Aduanera para garantizar el cumplimiento de la legislación por parte de los operadores de comercio exterior.
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