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Capítulo I NORMAS GENERALES, ELABORADO POR: VELASCO STEFANY, image -…
Capítulo I
NORMAS GENERALES
Sección I
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
Art. 2.
Definiciones
Aaplicación del Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio del COPCI
a) Autoridad Aduanera
Órgano gubernamental responsable de aplicar la legislación aduanera, recaudar impuestos y recargos en el comercio exterior, y proveer servicios aduaneros según el COPCI.
b) Agente de Carga
de Exportaciones
Persona jurídica autorizada para manejar carga, agrupar mercancías y presentar la Declaración Aduanera en exportaciones, cumpliendo con regulaciones específicas y emitiendo documentos de transporte.
c) Costos de Conservación
Aduaneros
Gastos asumidos por la autoridad aduanera durante el almacenaje de mercancías incautadas por litigios judiciales, tras la declaración de inocencia del propietario.
d) AOG.
Material aeronáutico de emergencia destinado exclusivamente a aeronaves internacionales que se detienen por razones técnicas mientras realizan vuelos internacionales.
e) Auto liquidación
Determinación preliminar de tributos realizada por el sujeto pasivo al ingresar o salir mercancías del territorio aduanero
f) Autotransport
Medio de transporte considerado como mercancía, que se desplaza por sus propios medios y no puede ser transportado en unidades de transporte habituales.
g) Bienes de Capital
Mercancías destinadas a procesos productivos para incrementar el patrimonio material o financiero, no destinadas al consumo.
i) Carga
Todo bien que puede ser transportado.
h) Cantidad
Declaración exacta de unidades físicas, peso neto, dimensiones u otras medidas relevantes para la tributación aduanera de las mercancías.
k) Carga Contenerizada
Mercancía de uno o varios embarcadores, movilizada en contenedores bajo uno o varios documentos de transporte.
j) Carga de Correos
Rápidos o Postal
Carga agrupada y transportada bajo la responsabilidad de operadores de encomiendas internacionales.
l) Carga especial
Mercancías que, debido a su cantidad, volumen, peso, dimensiones o naturaleza, no pueden transportarse en unidades de carga estándar.
o) Carga peligrosa
Todo artículo o sustancia que pueda constituir un riesgo, importante para la salud, el medio ambiente, etc; según disposiciones emanadas de la normativa nacional
m) Carga a granel.
Mercancía sólida, líquida o gaseosa transportada sin embalaje en medios especialmente diseñados.
p) Carga suelta
Bienes individuales que, por su tamaño o naturaleza, no se transportan en unidades de carga estándar y se manejan y embarcan como unidades separadas o tras una desconsolidación.
n) Carga Consolidada.
Agrupamiento de mercancías de uno o varios consignatarios, transportadas bajo un mismo documento de transporte desde un punto a otro.
q) Coloaded
Embarcar carga entre dos o más consolidadores a través de otro consolidador para mejorar la logística
w) Derechos Arancelarios
Tributos al comercio exterior que pueden ser ad valórem, específicos o mixtos.
y) Derechos Arancelarios Específicos
Tributos establecidos como recargos fijos basados en condiciones específicas de las mercancías
x) Derechos Arancelarios Ad Valórem
Tributos establecidos como porcentaje sobre el valor de las mercancías.
v) Control Aduanero
Medidas adoptadas por la Autoridad Aduanera para asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera.
r) Co-mail
Documentos y material utilizados por líneas aéreas y operadores, como guías aéreas, billetes, y otros documentos necesarios para los servicios aéreos internacionales.
u) Consolidador de carga
Operador que transporta carga agrupada bajo su responsabilidad hacia uno o más destinatarios finales.
s) COMAT.
Material para uso aeronáutico necesario para la operatividad de aeronaves que prestan servicios de transporte aéreo.
t) Consolidación de Carga
Agrupación de mercancías de uno o varios embarcadores para su transporte hacia o desde Ecuador.
z) Derechos Arancelarios Mixtos
Tributos que combinan derechos arancelarios ad valórem y específicos.
aa) Despacho Aduanero
Proceso administrativo para mercancías bajo control aduanero, declaradas para cualquier régimen aduanero.
bb) Declarante
Persona que presenta una Declaración Aduanera de mercancías
cc) Destrucción total
Eliminación que inutiliza completamente objetos o productos de acuerdo a su naturaleza o función.
dd) Documento de transporte
Acuerdo entre un Operador de Transporte y un usuario para transportar mercancías.
ee) Envíos o Paquetes postales
Expediciones realizadas por operadores autorizados en regímenes de Tráfico Postal y Mensajería Acelerada.
ff) Herramientas o equipo de trabajo
Utensilios profesionales importados para actividades productivas
gg) Levante o Retiro de las Mercancías
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tt) Operador de Transporte
Persona jurídica representando a compañías de transporte internacional en Ecuador.
uu) Operador Portuario
o Aeroportuario
Entidad autorizada que gestiona instalaciones portuarias o aeroportuarias.
vv) Peso Bruto
Peso de mercancías incluyendo embalaje y paletas para transporte internacional.
ww) Peso Manifestado
Peso bruto de mercancías consignado en el manifiesto de carga.
xx) Peso Neto:
Peso de mercancías sin embalaje ni paletas.
yy) Peso Recibido
Peso bruto de mercancías recibido en Depósito Temporal.
zz) Precinto
Elemento de seguridad para asegurar unidades de carga
aaa)
Productos Compensadores: Resultado de la transformación o elaboración de mercancías autorizadas bajo regímenes aduaneros.
bbb)
Productos Compensadores Especiales: Productos obtenidos en Zonas Especiales de Desarrollo Económico y Zonas Francas.
ddd)
Puerto Seco: Terminal conectada con otras terminales, autorizada para posponer el control aduanero.
fff)
Régimen Aduanero: Tratamiento específico aplicado a mercancías según la legislación aduanera.
ggg)
Transformación: Proceso donde las mercancías cambian de forma o naturaleza, resultando en un producto clasificado diferente.
hhh)
Transporte multimodal Internacional: Movimiento de mercancías con al menos dos modos de transporte bajo un solo contrato.
ccc)
Propietario o Consignatario: Persona a quien se envían mercancías o quien acredita serlo mediante documentación oficial.
mmm)
Unidades Comerciales: Cantidad de mercancías negociadas, independiente de las unidades físicas.
kkk)
Unidad de Carga: Contenedor utilizado para facilitar el transporte de mercancías.
iii)
Transportista efectivo: Operador responsable del transporte unimodal o multimodal.
ooo)
Viajero: Persona que entra o sale del país.
lll)
Unidad de Transporte: Unidad móvil que transporta mercancías con tracción propia.
ttt)
Inspección no intrusiva: Verificación mediante equipos sin abrir contenedores, basada en perfil de riesgos.
uuu)
(Agregado por el Art. 2 del D.E. 1332, R.O. 455-2S, 19-V-2021; y, derogado por la Disp. Derogatoria del D.E. 68, R.O. 478-4S, 22-VI-2021).
ppp)
Refrendo: Número que identifica y valida una declaración aduanera.
qqq)
Subvaloración: Alteración del valor real de mercancías importadas en control posterior.
rrr)
Equipos no intrusivos: Dispositivos para obtener imágenes de mercancías sin abrir contenedores.
sss)
Inspección física: Verificación directa de mercancías para determinar características y cumplimiento normativo.
ELABORADO POR: VELASCO STEFANY