Interespecie y bienestar animal: Este principio garantiza la protección de los animales, reconociendo sus características, procesos vitales, estructuras y funciones evolutivas específicas. Las entidades reguladas por esta Ley y sus servidores deben abstenerse de emplear animales que no estén seleccionados, adiestrados o equipados con dispositivos de protección que salvaguarden su vida, integridad física, bienestar y cuidado como seres no humanos sin excepción.
En un zoológico, se implementa una política estricta donde todos los animales son seleccionados cuidadosamente para asegurar que se adapten al entorno del zoológico y reciban el adiestramiento necesario para participar en actividades que promuevan su bienestar físico y emocional.