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EL SUJETO DE DERECHO - Coggle Diagram
EL SUJETO DE DERECHO
CAPACIDAD JURIDICA Y DE OBRAR
la titularidad de derecho se adquiere por:
status familiae
status civitatis
status libertatis
la falta de capacidad constituye incapacidad
Sujeto de derecho
el ente con capacidad juridica
CAPACIDAD DE OBRAR
Se le da la incapacidad a los impuber hasta 7 años
capacidad de trabajar
PRINCIPIO Y EXTINCION DE LA PERSONA FISICA
el parto antes que que se de luz es parte de la mujer
el nacido tenia carencia de personalidad juridica
El nacimiento marca el comienzo de la persona
Se extingue la personalidad con la muerte
CAPITIS DEMINUTIO
implicaba un cambio de los estados de libertad
era una variacion del status
Institucion juridica
pater family
gozaba todos los derechos publicos y privados
LA ESCLAVITUD
institucion de gentes
contra la naturaleza
al dominio de otro
fue por la cautividad de guerras
PERSONA
personae
mascara de los actores del teatro romano
dogmatica de la persona
la causa de la constitucion de todo derecho es el hombre
el hombre tiene que tener estas facultades:
ser libre
ciudadano romano
jefe de familia
En la materia se dice persona
CAUSAS MODIFICATIVAS DE LA CAPACIDAD
orden de la ciudad y orden fisico
degradacion del honor civil,religion, lo social y trabajo
clasificacion
PROFESION
privilegios a las profesiones liberales
el derecho privado otorgaba el derecho privado
DOMICILIO
la persona que tenia una residencia fija
los impuestos tenian que pagar el domicilio municipal
CONDICION SOCIAL
patricios y plebeyos
la distincion social
EDAD
la diferencia importante se caracterizaba en los:
puberes
impuberes
la pubertad daba capacidad de obrar
RELIGION
el cristianismo culto oficial del imperio
los judios no podian ejercer cargos publicos
SEXO
la mujer estaba siempre debajo del hombre
la tutela del sexo fue limitada
incapacidad relativa
HONOR CIVIL
debia mantenerse sin macula para ejercer sus derechos
la infamia como institucion regular
degradacion del honor civil
turpitudo o infamia factil
ENFERMEDADES CORPORALES Y MENTALES
CORPORALES
eran incapaces por observar cosas especiales
MENTALES
eran incapacitados para actos de la razon
PRODIGALIDAD
PRODIGO
tenia la capacidad de depilar sus bienes
estaba asistido por un curador
STATUS LIBERTATIS
las personas se dividian en:
LIBRES
ESCLAVOS
su regimen proviene del derecho de gentes
Estado de libertad
CONDICION JURIDICA DEL ESCLAVO
Para el derecho romano el esclavo era cosa
como cosa estaba sometido a la potestad
se clasifica:
RELACIONES PATRIMONIALES
es a partir del otorgamiento del peculio
era capaz de realizar negocios de adquisicion
ACTIONES ADIECTICIAE
acciones adicionales del esclavo
diversas acciones entran en aqui
se dividia en 3:
actio de peculio
actio tributoria
actio de in rem verso
EL PECULIO
Esclavo administra su dinero y beneficio del amo
el dominus era propietario del esclavo
ACTIO NOXALIS
accion penal
casos de delitos cometidos por seres sujetas a potestad
contra al dueño
EXTINCION DE LA ESCLAVITUD
por estos dos casos se podia liberar:
solemne o no solemne
desicion de ley
se podia extinguirse la esclavitud por acto voluntario del dominus
se clasificaba en:
manumiciones no solenmes
sin testamento
la presencia de sus amigos del amo
no tenian la condicion de ciudadanos sino de latinos
extincion de ley
el esclavo ya es libre
recibir por ordenes eclesiasticas
el dominus lo libera cuando este esta enfermo
manumisiones solenmes
el derecho civil creo 3 formas:
la manumissio censu
fines de la republica
inscripcion del esclavo por el censo
la manumissio testamento
por testamento de su libertad
otro habia por cualquier medio de gales
la manusmissio vindicta
la declaracion del amo no era contradicha
proceso ficticio de reinvicacion de la libertad
los libertos y el derecho de patronato
los libertinos llamados asi
tenian capacidad juridica pero no tanto
RELACIONES A LA ESCLAVITUD
EL COLONATO
RELACION DE DEPENDENCIA
PAGO DE UN RESCATE
STATUS CIVITATIS
No eran ni esclavos ni ciudadanos
eran latinos
peregrinos no tenian mucha capacidad juridica
CIUDADANOS PEREGRINOS Y LATINOS
PEREGRINOS
ERAN LOS EXTRANJEROS
LATINOS
ANTIGUA CIVILIZACION
CIUDADANOS
PODIA GARANTIZAR CIERTOS PRIVILEGIOS
STATUS FAMILIAE
habia una diferencia en estos dos:
siu iuris
alieni iuris
todos tenian una organizacion de la familia romana
integracion del caput
PERSONA JURIDICA
carecia de tributo personal en periodo clasico
asociones y fundaciones
Son entes capaz de adquirir derechos y obligaciones
UNIVERSITAS PERSONARUM Y RERUM
se caracterisa por estados
patrimonio propio
SUBCLASIFICACION:
FUNDACIONES
CORPORACIONES
FISCUS Y HEREDITAS IECENS
CONCEPTO
El sujeto juega un importante papel
el ordenamiento juridico exige esto:
reconocimiento de una personalidad
sujeto
RESTRICCIONES DE MANUMITIR(LIBERAR)
habia por dos vias:
la lex fufia o furia caninia
restringir las manumiciones testamentarias
el amo que tenia 3 esclavos,podia manumitir hastas 2
la lex aelia sentia del año 4 d.C
tenia que si o si tener 20 años
fraude de los acreedores
El emperador Augusto restringir la libertad de los esclavos
SUI IURIS Y ALIENI IURIS
ALIENI IURIS
se incorporaba al pater iuris
estudio del matrimonio
SIU IURIS
Sujeto autonomo de cualquier potestad familiar
era denominado paterfamilia