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DERECHO CONSTITUCIONAL BOLIVIANO cpe - Coggle Diagram
DERECHO CONSTITUCIONAL BOLIVIANO
El constitucionalismo boliviano es el proceso de concreción técnica en sentido axiológico y cronológico de la ideología racionalista al derecho público del Estado boliviano para dotarse de normas jurídicas supremas y de una Constitución política escrita que configuren históricamente su ordenamiento constitucional.
Dentro del proceso llamado Constitucionalismo boliviano se dio normas jurídicas para garantizar los derechos de las personas y limitar el poder público1 del Estado. A esas normas jurídicas supremas se denomina Derecho Constitucional boliviano que es el conjunto de normas jurídicas habilitantes y positivas de derecho público interno elaborado por el constituyente boliviano que:
• Limitan el poder público del Estado
• Crean los órganos y las instituciones que la componen
• Fijan las relaciones de estos entre sí
• Determinan el tipo de Estado y la forma de gobierno
• Garantizan los derechos fundamentales de las personas.
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2.CONTENIDO
En los considerandos explica que el ejército del Libertador Bolívar cruzó el Rió Desaguadero (Aullagas) con el único objeto de “redimir las provincias del Alto Perú, de la opresión española, dejándolas en la posesión de sus derechos.” Y que el ejercito no intervendrá en lo negocios domésticos pero tampoco permitirá la anarquía, por lo que es necesario de que organicen un gobierno ya que el antiguo Virreynato de la Plata –al que pertenecían esta provincias—no tenían gobierno.
La Asamblea estará compuesta por diputados (Art. II). La distribución de diputados era la siguiente (Art. X):
Aunque no cualquiera podía ser diputado, debía tener “residencia de cuatro años, adicto a la causa de independencia, de concepto público, y moralidad probada” (Art. XI).
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El constitucionalismo es la aplicación al Derecho público de la ideología racionalista que es la doctrina sobre la teoría del conocimiento según la cual el conocimiento humano no pueden inferirse de la experiencia ni de las generalizaciones de la misma; sólo pueden extraerse del propio entendimiento: de conceptos que le son innatos o de conceptos que existen sólo en forma de aptitudes.
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