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DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD EXTERIOR DEL ESTADO - CÓDIGO PENAL BOLIVIANO …
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD EXTERIOR DEL ESTADO - CÓDIGO PENAL BOLIVIANO
Art. 109° TRAICIÓN
Delito cometido por civil o militar que atenta contra la seguridad de la patria.
Art. 114° ACTOS HOSTILES
Acciones dañinas que una persona ha hecho contra la familia, personas u otros seres vivos o propiedades.
Art. 112° INTRODUCCIÓN CLANDESTINA Y POSESIÓN DE MEDIOS DE ESPIONAJE
El que en tiempo de guerra se introdujere clandestinamente, con engaño o violencia, en lugar o zona militar o fuere sorprendido en tales lugares o en sus proximidades en posesión injustificada de medios de espionaje
Art. 110° SOMETIMIENTO TOTAL O PARCIAL DE LA NACIÓN AL DOMINIO EXTRANJERO
Aquel que se someta a la Nación o a menoscabar su independencia o integridad, recibirá una sanción.
Art. 113° DELITOS COMETIDOS POR EXTRANJEROS
Aquellos extranjeros que residan en territorio boliviano y cometa delitos obtendran sanciones.
Art. 111° ESPIONAJE
Quien obtenga y saque información político o Militar relativos a la seguridad en favor de otros países será sancionado con una pena de 30 años
Art. 117° INFIDELIDAD EN NEGOCIOS DEL ESTADO
El representante que produzca perjuicios al interés nacional
Art. 120° DELITOS CONTRA UN ESTADO ALIADO
En guerra contra un enemigo común.
Art. 119° INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE INTERES MILITAR
El que en tiempo de guerra no cumpla con las obligaciones de defensa nacional
Art. 115° REVELACIÓN DE SECRETOS
Quien revele secretos de carácter político o militar que afecte a la seguridad a los medios de defensa o relaciones exteriores.
Art. 116° DELITO POR CULPA
Si la revelación de secretos fuera cometidos por culpa en virtud de su empleo u oficio
Art. 118° SABOTAJE
Daño o deterioro que se hace en instalaciones, productos contra los patronos, contra el Estado o contra las fuerzas de ocupación en conflictos sociales o políticos.