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SECCION II MANIFIESTO DE CARGA, EMERSON FABRICIO VIZCAINO VERA - Coggle…
SECCION II MANIFIESTO DE CARGA
Artículo 31: Presentación del Manifiesto de Carga
Disposiciones Generales:
Presentación del manifiesto de carga por el transportista a la Autoridad Aduanera.
Reglas específicas según el modo de transporte.
Modos de Transporte
Marítimo
Importaciones
Transmisión antes del arribo
Plazos específicos según proximidad del puert
ExportacioneS
Transmisión hasta 12 horas después de la salida del medio de transporte
Terrestre Internacional
Entrega/transmisión en el cruce de frontera.
Aéreo
Importaciones
Transmisión antes del arribo
Plazos ajustados según el tiempo de vuelo.
Exportaciones
Transmisión hasta 12 horas después de la salida.
Consolidación de Carga:
Exportaciones
Consolidador/agente de carga transmite electrónicamente el manifiesto de carga correspondiente a cada exportador en un plazo específico después de la salida.
Importaciones:
Transmisión de información dentro del primer día hábil posterior al ingreso de la mercancía al depósit
Artículo 32: Movilización de Mercancías por sus Propios Medios
Importación
Manifiesto creado por funcionario aduanero competente, propietario o representante autorizado.
Necesario para la Declaración Aduanera.
Permanencia Definitiva
Plazos de creación del manifiesto según el artículo 31.
Temporalmente y Nacionalizadas
Plazo para crear el manifiesto no excede el establecido anteriormente
Exportació
Manifiesto creado por funcionario aduanero competente o propietario autorizado en el momento de salida del Distrito Final.
Artículo 33: Elementos del Manifiesto de Carga Electrónico
Información Requerida:
Identificación del medio de transporte y transportista.
Lugar de salida y destino de las mercancía
Fechas de salida y llegada
Números de documentos relevantes.
Identificación de unidades de carga (en transporte marítimo).
Cantidad y tipo de mercancías
Peso.
Indicación de carga consolidada (si aplica).
Identificación de mercancías peligrosas.
Separación de mercancías en tránsito
Documentos relacionados con tráfico postal o courier.
Mercancías afectadas por siniestros o pérdidas.
Artículo 34: Elementos del Documento de Transporte
Información Requerida
Detalles sobre el acuerdo de voluntades.
Nombres y direcciones del operador de transporte, embarcador y consignatario
Fechas y lugares de recepción y entrega de la mercancía.
Descripción detallada de la carga.
Costos de transporte e intereses por demora.
Instrucciones del embarcador al operador de transporte.
Lista de documentos entregados.
Datos específicos de cada modo de transporte.
Artículo 35: Correcciones
Artículo 35: Correcciones
Antes del Plazo Máximo:
Correcciones en todos los campos sin falta reglamentaria.
Después del Plazo Máximo pero Antes de la DAU:
Correcciones sujetas a multa por falta reglamentaria.
Después de la Presentación de la DAU:
Solo el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador puede realizar correcciones, con multas aplicables al operador de transporte responsable del error.
Importaciones a Granel:
Correcciones al manifiesto de carga dentro de las 48 horas posteriores a la descarga sin multas.
Exportaciones
Correcciones en todos los campos sin multa durante el período de validez del envío.
Después del período de validez pero antes de la DAU, se aplican multas por cada documento de transporte corregido.
Después de la DAU, solo el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador puede hacer correcciones, con multas aplicables y justificaciones necesarias en casos de inexactitudes debido a casos fortuitos o fuerza mayor.
Artículo 36: Fraccionamiento del Documento de Transporte
Condiciones para el Fraccionamiento:
Cuando existen mercancías bajo un mismo documento que no pueden ser presentadas en una sola declaración por razones operativas.
Autorización:
Por el Director Distrital del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador o su delegado.
Lugar Autorizado:
Operación llevada a cabo en un lugar autorizado.
Registro:
Fraccionamiento registrado en el sistema informático sin necesidad de emitir un nuevo documento de transporte.
EMERSON FABRICIO VIZCAINO VERA