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Sección II: Manifiesto de Carga - Coggle Diagram
Sección II: Manifiesto de Carga
El transportista es quien entrega manifiesto de carga a Autoridad Aduanera
Vía Marítima:
Importaciones: Transmisión antes del arribo del medio de transporte
mínimo 6 horas para puertos cercanos
48 horas para otros puertos
Exportaciones: Transmisión electrónica hasta 48 horas después de la salida del medio de transporte
Vía Terrestre (Transporte Internacional):
Entrega o transmisión del manifiesto de carga y carta porte hasta el momento del cruce de frontera
Vía Aérea:
Arribo: Transmisión antes de la llegada del medio de transporte
Si el vuelo es mayor a 4 horas, transmisión hasta 2 horas antes del arribo
Salida: Transmisión hasta 12 horas después de la salida del medio de transporte
Consolidación de Carga:
Exportaciones: Transmisión electrónica del manifiesto de carga consolidada hasta 72 horas después de la transmisión del manifiesto por el transportista
Importaciones:
Marítimo: Transmisión antes de la llegada del medio de transporte
Aéreo: Transmisión hasta 4 horas después de la llegada para vuelos menores de 4 horas, o antes de la llegada para vuelos mayores de 4 horas
Artículo 32: Mercancías Movilizadas por Sí Mismas
Creación del manifiesto por funcionario aduanero, propietario o representante autorizado
Manifiesto necesario para presentación de Declaración Aduanera
Importación: Plazos de creación según artículo anterior
Exportación: Creación del manifiesto al momento de la salida del Distrito Final
Transmisión del manifiesto de carga de importación dentro de 48 horas desde su arribo, realizada por el funcionario aduanero competente
Artículo 33: Elementos del Manifiesto de Carga
Identificación del medio de transporte y transportista
Lugar de salida y destino de las mercancías
Fecha de salida y llegada
Información de conocimientos de embarque, guías aéreas o cartas de porte
Identificación de la unidad de carga (transporte marítimo o fluvial)
Cantidad de bultos o mercancías a granel
Peso e identificación genérica de las mercancías
Indicación de carga consolidada y mercancías peligrosas o en tránsito
Artículo 34: Elementos del Documento de Transporte
Lugar y fecha del acuerdo
Nombre y dirección del operador de transporte, embarcador y consignatario
Lugar y fecha de recepción y destino de la mercancía
Descripción de la carga
Costos de transporte e intereses por demora
Instrucciones del embarcador al operador
Lista de documentos entregados al operador
Instrucciones y datos específicos por modo de transporte
Artículo 35: Correcciones
Correcciones permitidas hasta un día después de la llegada del medio de transporte
Multa por correcciones fuera de plazo
Importaciones a granel: Correcciones hasta tres días después de la descarga
Exportaciones: Correcciones hasta 30 días después de la salida
Unidades de carga vacías incluidas en el manifiesto y correcciones sin multa
Artículo 36: Fraccionamiento del Documento de Transporte
Autorización para fraccionar documentos de transporte por razones operativas
Registro en sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador sin emitir nuevo documento de transporte