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MANIFIESTO DE CARGA, image, image - Coggle Diagram
MANIFIESTO DE CARGA
Art.31.Consideraciones Generales
Entrega del manifiesto:
Presentación física o electrónica a la autoridad aduanera.
Plazos según medio de transporte:
Marítimo:
importación: 6-48 horas antes del arribo / exportación: hasta 48 horas después de la salida.
Terrestre:
Hasta el cruce de frontera
Aéreo:
importación: hasta antes de la llegada (4 horas minimo) / exportación: hasta 12 horas después de la salida.
Consolidación de Carga
Transmisión electrónica del manifiesto consolidado:
o Transmisión electrónica del manifiesto consolidado:
Exportación: Hasta 72 horas después del manifiesto original.
o Importación:
Marítima:
Hasta antes de la llegada del medio de transporte.
Aérea:
Vuelos < 4 horas: Hasta 4 horas después de la llegada.
Vuelos > 4 horas: Hasta antes de la llegada.
Art 32. Mercancías que se Movilizan por si Mismas
o Transmisión electrónica del manifiesto por funcionario aduanero.
o Plazos para creación del manifiesto:
Importación permanente: Mismo plazo que importaciones marítimas.
Importación temporal: Mismo plazo que importaciones marítimas, a menos que se nacionalice, en cuyo caso se aplica el plazo de importación permanente.
Exportación: Al momento de la salida del Distrito Final.
Artículo 33. Elementos del manifiesto de Carga
•
Información Obligatoria:
Información Adicional
o Mercancía peligrosa: Debe identificarse expresamente.
o Mercancías en tránsito: Deben constar por separado.
o Lastre o equivalente (sin carga ni pasajeros).
o Tráfico postal o mensajería acelerada: Información de la guía máster/principal.
o Mercancías con siniestros o pérdidas: Incluir en el manifiesto.
o Mercancías de naufragios o accidentes: Incluir en el manifiesto.
Identificación del medio de transporte y transportista.
Lugar de salida y destino de las mercancías.
Fecha de salida y llegada de las mercancías.
Información de cada conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte.
Unidad de carga (marítimo o fluvial).
Cantidad de bultos o mercancías a granel.
Peso e identificación genérica de las mercancías.
Carga consolidada (si existe).
Art. 35. Correcciones al Manifiesto de Carga
Plazos:
General: Hasta 1 día calendario después de la llegada del medio de transporte.
Importación a granel: Hasta 3 días calendario después de la descarga.
Exportación: Hasta 30 días calendario después de la salida de la mercancía.
Sanciones por Correcciones Fuera de Plazo
Multa por falta reglamentaria.
Sanciones Adicionales:
Multa por cada transmisión de corrección, independientemente de la cantidad de campos corregidos.
Excepciones
Unidades de carga vacías: No hay multa por correcciones.
Eliminación de documentos de transporte: Se considera una corrección.
Multas intransferibles.
Art. 36. Fraccionamiento del Documento de Transporte
Director Distrital del SENAE o delegado
Autorización:
Razones operativas que impidan la presentación de la mercancía en una sola declaración.
Requisitos: