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LOS TRATADOS INTERNACIONALES - Coggle Diagram
LOS TRATADOS INTERNACIONALES
Concepto
Un tratado internacional es un acuerdo celebrado por escrito entres Estados, o entre Estados y otros sujetos de derecho internacional, como las organizaciones internacionales, y regido por el Derecho Internacional.
Entrada en vigencia
Un tratado internacional entra en vigencia, cuando todas las partes han declarado su aprobación en la forma requerida. El tratado entrara en vigor tan pronto como haya constancia del consentimiento de todos los Estados negociadores en obligarse por el tratado.
Partes
Las partes de un tratado de derecho internacional pueden ser, además de los Estados, las organizaciones internacionales. Si también los privados (empresas o personas naturales) pueden contraer relaciones contractuales de derecho internacional con un Estado extranjero (por ejemplo, en el caso de un contrato para la explotación de petróleo).
Objeto
El objeto de los tratados de derecho internacional puede ser la reglamentación de los deberes de acción o de omisión. Ellos pueden clarificar con carácter vinculante, cuestiones de estatus (por ejemplo, la propiedad sobre un territorio).
Fundamentos
La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969 codifica las reglas vigentes del derecho consuetudinario internacional sobre el derecho de los tratados. En los ámbitos particulares, la Convención de Viena sobre los tratados precisa los principios del derecho consuetudinario internacional o determina las reglas discutidas hasta ahora.
Derecho consuetudinario es el procedimiento espontáneo de elaboración de derecho internacional resultante del comportamiento de los Estados.
Pacta Sunt Servanda. El principio de que los tratados de derecho internacional se deban cumplir.
Ámbito de Validez
El ámbito de validez de la Convención de Viena sobre los tratados se extiende de manera expresa sólo a determinados tratados entre los Estados, principalmente por escrito.
Clases
De acuerdo con el número de participantes, los tratados se diferencian entre tratados bilaterales y multilaterales.
Los acuerdos contractuales se limitan, por el contrario, a la reglamentación de las obligaciones bilaterales, como las que caracterizan los acuerdos de derecho privado.
Los tratados que crean derechos son, por lo general, los acuerdos multilaterales, que tienen por objeto el ordenamiento fundamental de ámbitos en particular de la vida en común entre los Estados (por ejemplo, los tratados sobre los derechos humanos o los acuerdos sobre el orden comercial mundial).
Entrada en vigencia de los tratados internacionales
El canje de instrumentos que constituyan un tratado, el consentimiento de los Estados en obligarse por un tratado constituido por instrumentos canjeados entre ellos se manisfestara mediante este canje: cuando los instrumentos dispongan que se canje tendrá ese efecto. Cuando conste de otro modo que esos Estados han convenido que el canje de los instrumentos tenga ese efecto.
La ratificación. Consentimiento en obligarse por un tratado manifestado mediante la ratificación, la aceptación o la aprobación. Cuando el tratado disponga que tal consentimiento debe manifestarse mediante la ratificación.
Suscripción. Consentimiento en obligarse por un tratado manifestado mediante la firma de su representante.
Modalidades. La entrada en vigencia de un tratado internacional se cumple en un proceso compuesto de varios pasos. Las formas más usuales de aprobación del tratado son la suscripción, el canje de instrumentos que constituyan un tratado y la ratificación.
Competencia
La competencia para la representación en derecho internacional se puede originar en un poder expreso o por conducta concluyente, o también en un estatus especial (por ejemplo, como el jefe de estado, jefe de gobierno, ministro de relaciones exteriores o jefe de misión).
Termino y suspensión
La terminación y suspensión de un tratado se orienta en principio, de conformidad con las disposiciones del mismo tratado, por ejemplo, sobre la terminación del tratado, sobre la posible separación o la denuncia una parte del tratado. Adicionalmente las partes del tratado pueden acordar su terminación, lo mismo se aplica para la suspensión del acuerdo entre las partes.