nulidad de la obligación principal: declarada que sea extinguirá tanto la obligación principal como la obligación accesoria. Podría ocurrir, sin embargo, que la prenda se hubiera constituido por un tercero para asegurar la obligación de un menor adulto. En este caso, a pesar de la declaración de nulidad, subsiste la prenda, porque ella está garantizando una obligación natural, siendo la prenda una obligación civil perfecta