Capitulo 3 Gestión pública territorial
de la convivencia

Marco Normativo

Artículo 189 CPC

Artículo 199 Ley 1801, 2016

Deberes de las Autoridades de Policía (Artículo 10)

Autoridad de Policía

Presidente de la República: Primera autoridad de policía.

Funciones del Presidente

Tomar medidas para garantizar la convivencia.

Impartir instrucciones a alcaldes y gobernadores.

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Conceptos de la Ley 1801

Poder de policía

Función de policía

Actividad de policía

Medios de policía

Medidas correctivas

Autoridades de policía

Deberes de las autoridades de policía

Atribuciones de las autoridades de policía

Poder de Policía

Es la facultad de expedir las normas en materia de policía, que son de carácter general, impersonal y abstracto, otorgada al Congreso de la República para regular el ejercicio de la libertad,los derechos y los deberes constitucionales paragarantizar la convivencia y establecer los medios y las medidas correctivas en caso de su incumplimiento (artículo 11).

Poder Subsidiario de Policía: Asambleas departamentales y Concejo Distrital de Bogotá.

Poder Residual de Policía: Concejos distritales y municipales.

Poder Extraordinario de Policía: Gobernadores y alcaldes en situaciones de emergencia.

Función de policía

Consiste en la facultad de hacer cumplir las disposiciones dictadas en ejercicio del poder de 91 Conceptos normativos de la gestión pública territorial para la convivencia y la seguridad Policía, mediante la expedición de reglamentos generales y de acciones apropiadas para garantizar la convivencia.

Actividad de policía

La actividad de policía es la ejecución de medidas correctivas según las atribuciones conferidas a los uniformados de la Policía Nacional

Su objetivo es hacer cumplir las decisiones dictadas en ejercicio del poder de policía, preservando la convivencia y restableciendo el orden ante comportamientos que la alteren. Es una labor material, no jurídica (art. 20).






Medios de policía

Los medios de policía son instrumentos jurídicos utilizados por las autoridades para cumplir sus funciones y aplicar medidas correctivas (art. 149). Se dividen en:

Esta función se cumple por medio de órdenes de policía (artículo 16)

Inmateriales: Orden de policía, permiso excepcional, reglamentos, autorización, mediación policial.

Materiales: Traslado por protección, retiro del sitio, registro, uso de la fuerza, etc.

Medidas correctivas

Las medidas correctivas son acciones impuestas por la policía para mantener la convivencia y corregir incumplimientos (art. 172). Según la Ley 1801 de 2016, modificada por el Decreto 555 de 2017, hay 20 tipos:

Tipos de medidas: Amonestación, multa, decomiso, suspensión de actividad, etc.

Autoridades de policía

Corresponde a las autoridades de policía el conocimiento y la solución de los conflictos de convivencia ciudadana. Según el artículo 198 de la citada Ley 1801, son autoridades de policía:

El Presidente de la República, Los gobernadores, Los alcaldes distritales o municipales, Los inspectores de policía y los corregidores, Las autoridades especiales de policía en
salud, seguridad, ambiente, minería, ordenamiento territorial etc...Los comandantes de estación, subestación y de centro de atención inmediata de policía y demás personal uniformado de la Policía Nacional.

son:

Respetar derechos y libertades.

Cumplir la Constitución y las leyes.

Prevenir situaciones de riesgo.

Trato igualitario y protección especial.

Promover resolución de conflictos.

Atender quejas y reclamos.

Atribuciones de las autoridades de policía

son:

Dirigir y coordinar

Garantizar derechos

Implementar planes de seguridad

Instancias de coordinación para la seguridad y la convivencia (Ley 1801 de 2016)

Comités civiles de convivencia

. Consejo de Seguridad y Convivencia

.Otras instancias de coordinación

Consejo Seccional de Estupefacientes

Comité Municipal de Drogas

Comisión Local de Seguridad,
Comodidad y Convivencia en el Fútbol

Comités de convivencia escolar

Comités territoriales de justicia
transicional (CTJT) (víctimas)