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JURISDICCIÓN DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO - Coggle Diagram
JURISDICCIÓN DE LO
CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO
La jurisdicción de lo contencioso-administrativo se refiere a la rama del derecho que se encarga de resolver los conflictos entre la administración pública y los particulares.
Esta jurisdicción surge en Francia en el siglo XVIII, durante una época de transformaciones políticas e ideológicas marcadas por la Revolución Francesa.
Inicialmente, el término "contencioso-administrativo" se refería a litigios administrativos en los que la propia administración actuaba como juez de sus actos, lo cual era contradictorio con el principio de separación de poderes impulsado por el liberalismo revolucionario.
EXISTEN DOS PRINCIPALES TENDENCIAS EN LA EVOLUCIÓN DE LA JURISDICCIÓN:
SISTEMA MONISTA (ANGLOSAJÓN)
Predomina el control político ejercido por el parlamento, con un control judicial subsidiario.
No hay jueces especializados para asuntos administrativos, sino que los jueces comunes se encargan de estos casos.
SISTEMA DUALISTA (FRANCÉS)
Se diferencia entre una jurisdicción ordinaria para litigios entre particulares y una jurisdicción administrativa para conflictos con la administración pública.
En Francia, la jurisdicción contencioso-administrativa se consolidó con la creación del Consejo de Estado, órgano consultivo del gobierno y tribunal para asuntos administrativos.
CASO COLOMBIANO
Durante la colonia, existían mecanismos de control sobre los actos de los virreyes. La figura del Consejo de Estado fue introducida por la administración de Bolívar, influenciada por el modelo francés.
La Constitución de 1886 encargó al legislador crear la jurisdicción contencioso-administrativa, logrando su establecimiento efectivo con la Ley 27 de 1904 y la Ley 130 de 1913, que consolidaron un sistema de justicia administrativo separado de la justicia ordinaria.
Actualmente, en Colombia, esta jurisdicción es ejercida por el Consejo de Estado, los tribunales administrativos y los juzgados administrativos. A pesar de esfuerzos legislativos para mejorar su eficiencia, el sistema enfrenta problemas de congestión y desigualdad procesal.
La jurisdicción contencioso-administrativa busca controlar y limitar la actuación de la administración pública, garantizando una justicia accesible y eficaz. Sin embargo, enfrenta problemas de congestión y desigualdad debido a la ineficiencia administrativa.
En 2011 se aprobó la Ley 1437, que regula el procedimiento administrativo y contencioso-administrativo, y en 2012 se implementó un plan de descongestión, aunque los problemas persisten.
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COMPARACIÓN CON OTRO PAISES
ARGENTINA
Adopta un sistema monista con la Corte Suprema de la Nación como órgano de cierre para asuntos judiciales y administrativos.
CHILE
Hasta 1925 tenía un sistema monista. Aunque se intentó crear una jurisdicción contencioso-administrativa en 1925, nunca se materializó, resultando en un control judicial ineficaz sobre la administración.