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DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (DIP)
Concepto
Conjunto de normas que regulan relaciones entre sujetos del DIP
Deriva de ius gentium (sistema para regular relaciones con "bárbaros")
Se diferencia de sistemas jurídicos nacionales
Sin órganos para crear normas y aplicar sanciones
Sus sujetos son Estados/Organismos vs Individuos
Segmentaciones importantes
Derecho de Paz y Derecho de Guerra/Humanitario
Derecho de Paz
Controla y regula las relaciones sin uso de la fuerza
Derecho de Guerra
Busca limitar los efectos negativos de los conflictos
Derecho Universal y Derecho Regional
Antítesis u opuesto del Derecho Internacional Privado
Épocas
DIP Clásico
Aparece con el tratado de Westfalia (1648)
Caracterizado por el Principio de Soberanía Absoluta y derecho de guerra
Regulaba las relaciones de las potencias europeas
Post Primera Guerra Mundial
Cuestionamiento del derecho de guerra
Creación de la sociedad de Naciones
Protocolos y pactos prohíben el uso de la guerra
DIP Moderno
Prohíbe el uso de la fuerza
Reconoce Organismos Internaciones como sujetos
JOEL AULLA 7mo "B"