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Bioetica - Coggle Diagram
Bioetica
Puntos Clave de la Declaración de Helsinki 1964
Puntos Clave de la Declaración de Helsinki 1964
Bienestar del sujeto de investigación: El bienestar del individuo participante en la investigación debe tener prioridad sobre los intereses de la ciencia y la sociedad.
Consentimiento informado:
Es esencial que los participantes en la investigación den su consentimiento informado. Esto significa que deben ser informados adecuadamente sobre los objetivos, métodos, beneficios potenciales, riesgos y molestias de la investigación, y deben aceptar participar sin coacción.
Evaluación de riesgos y beneficios:
La investigación médica debe evaluarse cuidadosamente para asegurar que los posibles beneficios superen los riesgos. Los investigadores deben minimizar cualquier riesgo para los participantes.
Revisión ética:
La investigación debe ser revisada y aprobada por un comité de ética antes de ser iniciada. Este comité debe estar compuesto por individuos sin conflictos de interés y con competencia para revisar todos los aspectos éticos de la investigación.
Confidencialidad:
Se debe proteger la privacidad y la confidencialidad de los participantes en la investigación. Los datos personales deben ser manejados de manera que se garantice su confidencialidad.
Principio de equidad
Los beneficios y cargas de la investigación deben distribuirse de manera justa. Esto significa que no se debe explotar a poblaciones vulnerables para la investigación, y los beneficios de la investigación deben ser accesibles para todas las poblaciones, especialmente aquellas que participaron en el estudio.
Puntos Clave de la Declaración de Tokio 1975
Prohibición absoluta de la tortura:
La Declaración de Tokio establece que es absolutamente inaceptable para los médicos y otros profesionales de la salud participar en, condonar o apoyar la tortura o cualquier forma de trato cruel, inhumano o degradante, bajo cualquier circunstancia, incluyendo guerras, conflictos armados o inestabilidad política.
Obligación de los médicos:
Los médicos tienen la obligación ética de no participar ni facilitar la tortura, y deben proteger la salud y la dignidad de las personas detenidas o prisioneras.
Denuncia de actos de tortura:
los médicos tienen la responsabilidad de denunciar cualquier acto de tortura o trato inhumano del que tengan conocimiento. No deben ser cómplices de estas prácticas, y deben actuar en defensa de los derechos humanos y la dignidad de los individuos.
Autonomía profesional:
La declaración refuerza la importancia de la autonomía profesional de los médicos, destacando que no deben ceder a presiones externas para participar en actos de tortura o malos tratos.
Protección de los detenidos:
Los profesionales de la salud deben velar por la integridad física y mental de las personas bajo su cuidado, asegurándose de que reciban un trato humano y digno, independientemente de las acusaciones o cargos que enfrenten.