La discrecionalidad juridiccional, en contraste, está sujeta a márgenes específicos de ejercicio, determinados no solo por los aplicables al legislador, sino también por todos los límites dentro del ámbito de la legalidad, y por ende, del pleno Ordenamiento Jurídico. Sin embargo, paradójicamente, aunque se enmarque al poder judicial dentro de un conjunto predeterminado de normas legales, es necesario reconocer que dentro de este marco, disfruta de amplios criterios interpretativos igualmente válidos, que son simplemente manifestaciones de su discrecionalidad.