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Manual de Educación Constitucional. - Coggle Diagram
Manual de Educación Constitucional.
Estado moderno:
¿que es?
Es una organización que tiene la funcionalidad de hacer que conste el poder sobre la población de un territorio especifico.
Elementos constitutivos:
Población
: Es el conjunto de personas que forman parte de una mima nación y que comparten nacionalidad. Por otra parte, la nación comparte territorio con otro grupo poblacional provenientes de otras naciones los cuales los se denominan como habitantes extranjeros.
Territorio:
Es la porción de la Tierra que le corresponde legalmente administrar a una nación, tomando en cuenta el suelo, el subsuelo, las aguas presentes en ello y el espacio aéreo.
Poder soberano:
Se refiere a la autoridad suprema y absoluta que tiene un ente para gobernar y tomar decisiones dentro de un territorio o sobre un grupo de personas.
Soberanía:
Soberanía interna:
Se refiere a la autoridad máxima dentro del territorio del estado, donde el gobierno puede establecer leyes y políticas. Sin ningún tipo de injerencias por parte de otros poderes o actores sociales.
Soberanía externa:
Se refiere al reconocimiento por parte de otros estados de la autoridad y autonomía de un estado para manejar sus propios asuntos sin interferencias externas. está
basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus miembros según artículo 2.1 de la Carta de las Naciones Unidas.
Estado dominicano:
El territorio dominicano:
la Constitución delimita el territorio dominicano, que incluye la parte oriental de la isla de Santo Domingo, sus islas adyacentes, el mar territorial y el espacio aéreo sobre el territorio nacional. El territorio se considera inalienable y está protegido por acuerdos fronterizos y normas internacionales.
La población dominicana
está compuesta por personas de nacionalidad dominicana, conforme a la Constitución, que declara en su artículo 1 que el pueblo dominicano constituye una nación indisoluble. La Constitución reconoce la nacionalidad dominicana a quienes ya la tenían antes de la reforma de 2010 y establece cinco criterios para obtenerla en su artículo 18:
Por ascendencia familiar:
Hijos e hijas de padres dominicanos y descendientes directos de dominicanos en el exterior.
Por ascendencia familiar:
Hijos e hijas de padres dominicanos y descendientes directos de dominicanos en el exterior.
Por opción:
Nacidos en el extranjero de padres dominicanos pueden optar por la nacionalidad dominicana al alcanzar los 18 años.
Por matrimonio:
Personas casadas con dominicanos pueden optar por la nacionalidad de su cónyuge, cumpliendo con los requisitos legales.
Por naturalización:
se consideran ciudadanos dominicanos aquellos extranjeros a quienes se otorgue la nacionalidad de acuerdo con los requisitos y procedimientos establecidos por la ley.
Soberanía del estado dominicano:
Soberanía del estado dominicano:
Como proclama la Constitución, se refiere a la inviolabilidad de la Nación dominicana, organizada como la República Dominicana en honor a Juan Pablo Duarte. Este principio se expresa claramente en el artículo 3, donde se establece que la soberanía de la Nación dominicana es libre e independiente de cualquier poder extranjero y que ningún poder público organizado por la Constitución puede permitir actos que interfieran en los asuntos internos o externos del país.
Estado Social y Democrático de Derecho
Esto implica la combinación de tres principios fundamentales: el Estado de Derecho, el Estado Democrático y el Estado Social.
El Estado de Derecho
implica que todas las actividades estatales están sujetas al ordenamiento jurídico, sustituyendo el "gobierno de los hombres" por el "gobierno de la ley".
El Estado de Derecho
implica que todas las actividades estatales están sujetas al ordenamiento jurídico, sustituyendo el "gobierno de los hombres" por el "gobierno de la ley".
El Estado Social
refleja el compromiso de la República Dominicana con la satisfacción de los derechos sociales, económicos y culturales de sus ciudadanos. Esto implica la redistribución equitativa de la riqueza socialmente producida y la promoción de la igualdad real y efectiva.