PROPÓSITO DE LAS PERICIAS Y LA COMPARECENCIA DE LOS PERITOS EN LAS AUDIENCIAS

Para poder comprender el propósito y la comparecencia del perito es necesario la revisión de los criterios de la corte nacional de justicia

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS

CRITERIO VINCULANTE

CRITERIO NO VINCULANTE

Artículo 22

Declaración de peritos. - La o el perito será notificado en su dirección electrónica con el señalamiento de día y hora para la audiencia de juicio o única, dentro de la cual sustentará su informe. Su comparecencia es obligatoria.


Art. 223

Imparcialidad del perito. - La o el perito desempeñará su labor con objetividad e imparcialidad

• Guía a seguir
• Requerimientos indispensables en todo perito

¿Que implica imparcialidad?

• Durante la audiencia de juicio o única, podrán dirigirse a la o al perito, preguntas y presentar pruebas no anunciadas oportunamente orientadas a determinar su parcialidad y no idoneidad, a desvirtuar el rigor técnico o científico de sus conclusiones, así como cualquier otra destinada a solventar o impugnar su credibilidad.

PRUEBA PERICIAL
INFORME

¿QUÉ ES?

¿A QUIÉN LE COMPETE?

¿CUÁL ES SU FUNCIÓN?

Esta sujeta a la calificación de su admisibilidad

Artículo 222 del Código
Orgánico General de Procesos

El perito debe concurrir a la audiencia a defender su informe, así como responder las interrogantes que las parte o incluso el propio juez le formule respecto de su informe.

Absolución

Admitida prueba pericial, el perito tiene la obligación de comparecer a la audiencia de
juicio o audiencia única, según corresponda, con la finalidad de defender su informe

Absolver las preguntas que le formulen las partes

INASISTENCIA

NO COMPADECER

• No tendrá eficacia probatoria y perderá
su acreditación en el registro del Consejo de la Judicatura.

BIBLIOGRAFÍA

Ayala Y, R. (2018). ADMISIBILIDAD y SU VALORACIÓN DE LA PRUEBA PERICIAL EN EL SISTEMA ACUSATORIO. https://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2018/10/doctrina47060.pdf

Consultas absueltas. (s. f.). CORTE NACIONAL DE JUSTICIA.https://www.cortenacional.gob.ec/cnj/index.php/servicio/consultas-absueltas