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CAPITULO 3 DERECHO A LA SALUD - Coggle Diagram
CAPITULO 3 DERECHO A LA SALUD
En cuanto al Derecho a la Salud se considera que es un derecho igualitario a la atención de la salud basado en una concepción universalista de la justicia a fin de proporcionar criterios específicos de prioridades para satisfacer las exigencias múltiples que demanda el sistema de salud contemporáneo.
La Constitución Nacional Argentina garantiza el derecho a la salud, en especial a través del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC – 1966) que está incorporado a ella. El artículo 12 del PISDEC define el derecho a la salud como ―EL DERECHO QUE TODA PERSONA TIENE AL DISFRUTE DEL MAS ALTO NIVEL POSIBLE DE SALUD FÍSICA Y MENTAL
Reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños.
Mejoramiento de la higiene del trabajo y del medio ambiente.
La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas.
La creación de condiciones que aseguren el acceso de todos a la atención de salud.
El Estado nacional es el garante último del sistema de salud
INCLUYE LIBERTADES Y DERECHOS
DERECHOS HUMANOS
CIMIENTOS
Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobadas por la Asamblea General en 1945 y 1948, respectivamente.
No discriminación
Disponibilidad
Accesibilidad
no discriminación;
accesibilidad física;
accesibilidad económica (asequibilidad);
acceso a la información.
Aceptabilidad
Calidad
Rendición de cuentas
Universalidad
Obligaciones
PROTEGER
CUMPLIR
RESPETAR