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SEGURIDAD SOCIAL Y DESEMPLEO - Coggle Diagram
SEGURIDAD SOCIAL Y DESEMPLEO
ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Es el sistema nacional al que todos los trabajadores tienen que estar afiliados y que garantiza unas prestaciones concretas para las personas en momentos de necesidad económica.
La Seguridad Social en España se caracteriza por ser un sistema mixto y se estructura tanto en el nivel no contributivo y el contributivo.
La Modalidad Contributiva:
Los trabajadores española y extranjeros con residencia en nuestro país, siempre que realicen una actividad profesional se encuentran incluidos en esta modalidad
La Modalidad no contributiva:
Españoles y extranjeros residentes legalmente en España no incluidos en la modalidad contributiva.
Régimen General
: Incluye a todos los trabajadores por cuenta ajena
Régimen Especial
: Incluye a todos los que realizan actividades profesionales especiales
Los fundamentos principales que guían la evolución de nuestro Sistema de Seguridad Social se resumen en los siguientes punto
Contributividad:
Nuestro sistema se considera contributivo debido a que existe una proporción equitativa entre lo que se recibe en prestaciones y las aportaciones realizadas por las empresas y los trabajadores a través de sus cotizaciones, que constituyen la principal fuente de financiamiento, mientras que la contribución del Estado es significativamente menor.
Universalidad:
El objetivo es lograr la máxima extensión en la protección proporcionada y en su aplicación a todos los ciudadanos.
Solidaridad intergeneracional
: Durante nuestra vida laboral, contribuimos para financiar las pensiones de las generaciones actuales.
Equidad e igualdad de derechos:
Sin importar el momento o el lugar de residencia del asegurado, se garantiza la equidad y la igualdad de derechos.
Suficiencia
: Se busca asegurar niveles adecuados de bienestar a través de prestaciones adecuadas.
Unidad de Caja
: El Estado es el único titular de todos los recursos del sistema de Seguridad Social.
OBLIGACIONES ECONÓMICAS DE EMPRESA Y PERSONAS TRABAJADORAS
Los sujetos obligados a cotizar al Régimen General son todos los trabajadores y trabajadoras y empresas, incluidos en su ámbito de aplicación.
AFILIACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL
Mediante la afiliación se reconoce la condición de estar incluido en el Sistema de la Seguridad Social a la persona que, por primera vez se incorpora al mercado laboral. La Seguridad Social le asigna un número de identificación que será vitalicio.
ALTAS, BAJAS Y VARIACIONES DE DATOS
El alta
de un trabajador es un acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social reconoce a la persona que inicia una actividad su condición de estar incluida en un determinado régimen de la Seguridad Social. El alta puede ser múltiple y estar dado de alta en un mismo momento en diferentes regímenes.
La baja
de un trabajador es el acto administrativo mediante se reconoce que la relación laboral se ha extinguido y se comunica a la Seguridad Social.
TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La Tesorería General de la Seguridad Social es un servicio tutelado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en los que los principios de solidaridad financiera y caja única hace que se unifiquen los recursos económicos y se administren a través del Sistema de la Seguridad Social.
COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL
Las cotizaciones comienzan desde que se inicia la relación laboral y cuando finaliza el contrato de trabajo se extingue la obligatoriedad. Se referirá como nulo cualquier pacto individual en el que el trabajador asuma la obligación de pagar parte o toda la cuota a cargo de la empresa.
PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Asistencia sanitaria
: consiste en la prestación de servicios médicos y farmacéuticos para conservar y recuperar la salud de las personas.
Incapacidad temporal
: es una situación en la que las personas trabajadoras están incapacitadas temporalmente para trabajar y necesitan de asistencia sanitaria debido a situaciones de enfermedad común o profesional.
Maternidad y adopción
: recibirán asistencia sanitaria y subsidio para la madre que cumpla unos determinados requisitos. Si no existe cotización previa recibirá un subsidio no contributivo.
Paternidad
: Para obtener el subsidio es preciso tener un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los últimos 7 años.
Incapacidad permanente:
En función del grado de incapacidad puede ser parcial, total, absoluta y gran invalidez y percibir una pensión vitalicia.
Muerte y supervivencia:
Se percibirá indemnización, pensión vitalicia, pensión temporal o subsidios temporales.
Jubilación:
La prestación será una pensión vitalicia, cuyo importe dependerá del número de años cotizados de la persona trabajadora y de la base de cotización.
Desempleo
: La prestación contributiva se calcula sobre una cantidad conocida como base reguladora y el importe depende de las cotizaciones previas. El subsidio asistencial ayuda a prolongar la protección por desempleo.
SITUACIONES PROTEGIBLES EN LA PROTECCIÓN POR DESEMPLEO
Los trabajadores que pierden el empleo de forma temporal o definitivamente o ven reducidas su jornada laboral pueden recibir la protección de la contingencia de desempleo
Subsidio
: Si el trabajador ha cotizado menos de un año puede acceder a un pago de subsidio por desempleo. Se deberá tener en cuenta de la duración de meses cotizados o de si existen responsabilidades familiares.
Renta activa de inserción:
El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) y los Servicios Públicos de las Comunidades Autónomas apoyan este programa a colectivos con dificultades especiales para incorporarse al mercado de trabajo y en situación difícil de necesidad económica. Supone una renta mensual y ayudas suplementarias.
Otras ayudas
: Existe un subsidio por desempleo con responsabilidades familiares por agotamiento de la prestación contributiva.