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PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA - Coggle Diagram
PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA
LIBERTAD SINDICAL
REGULADA
ARTÍCULO 28 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
LEY ORGÁNICA DE LIBERTAD SINDICAL (LOLS)
DERECHOS QUE OTORGA
AFILIARSE AL SINDICATO DE SU ELECCIÓN
NO OBLIGAR A AFILIARSE A UN SINDICATO
FUNDAR SINDICATOS
ACTIVIDAD SINDICAL
EXCEPCIONES (NO PUEDEN AFILIARSE)
FUERZAS ARMADAS
FISCALES
JUECES
GUARDIA CIVIL
SINDICATOS
DEFINICIÓN: ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES QUE CONTRIBUYEN A DEFENSA Y PROMOCIÓN DE INTERESES ECONÓMICOS Y SOCIALES DE LOS MIEMBROS
SE FINANCIA CON APORTACIONES DE AFILIADOS Y FONDOS PÚBLICOS
TIPOS DE SINDICATOS
SINDICATOS MÁS REPRESENTATIVOS NIVEL AUTONÓMICO (+15% DE DELEGADOS Y MÍNIMO 1500 REPRESENTANTES)
SINDICATOS CON REPRESENTATIVIDAD ORDINARIA (AL MENOS 10% DE REPRESENTANTES)
SINDICATOS MÁS REPRESENTATIVOS NIVEL ESTATAL (+10% DE DELEGADOS EN ELECCIONES SINDICALES)
FUNCIONES
INTERLOCUTOR CON ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
PARTICIPAR EN NEGOCIACIÓN DE CONVENIOS COLECTIVOS
ASESORAR A TRABAJADORES
PROMOVER ELECCIONES REPRENTANTES DE TRABAJADORES
REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES
ELECCIONES A REPRESENTANTES DE TRABAJADORES
ELECTORES
MAYORES DE 16 AÑOS
1 MES DE ANTIGÜEDAD EN EMPRESA
ELEGIBLES
MAYORES DE 18 AÑOS
6 MESES DE ANTIGÜEDAD EN EMPRESA
MODELOS DE PARTICIPACIÓN
REPRESENTACIÓN UNITARIA
DELEGADOS DE PERSONAL Y COMITÉ DE EMPRESA
REPRESENTA A TODOS LOS TRABAJADORES DE UNA EMPRESA CON INDEPENDENCIA SI ESTÁN O NO AFILIADOS
REPRESENTACIÓN SINDICAL
DELEGADOS SINDICALES Y SECCIONES SINDICALES
REPRESENTA SOLO A TRABAJADORES AFILIADOS A UN SINDICATO CONCRETO
REPRESENTACIÓN UNITARIA
DELEGADOS DE PERSONAL: EMPRESA HASTA 49 TRABAJADORES
COMITÉ DE EMPRESA: EMPRESAS DE 50 O + TRABAJADORES
OTROS COMITÉS
COMITÉS CONJUNTO ( 2 O + CENTROS DE TRABAJO EN MISMA PROVINCIA. CENSO NO ALCANZA 50 TRABAJADORES)
COMITÉS INTERCENTRO (DISTINTOS CENTROS DE TRABAJO CON COMITÉ DE EMPRESA. 13 MIEMBROS)
*CRÉDITO SINDICAL: DEPENDE DE Nº DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA
REPRESENTACIÓN SINDICAL
SECCIONES SINDICALES
REPRESENTADO POR DELEGADOS SINDICALES ELEGIDOS POR Y ENTRE AFILIADOS A UN SINDICATO
EMPRESAS CON MÁS DE 250 TRABAJADORES SI TIENEN REPRESENTACIÓN EN COMITÉ DE EMPRESA
DELEGADOS SINDICALES
REPRESENTANTES DE SECCIONES SINDICALES
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
DIÁLOGO ENTRE SINDICATOS Y EMPRESARIOS Y ACUERDOS
CONVENIOS COLECTIVOS
ESCRITO ENTRE SINDICATOS Y EMPRESARIOS
FIJAN CONDICIONES DE TRABAJI EN SECTOR PROFESIONAL
CONFLICTOS COLECTIVOS
SIN SUSPENSIÓN DE TRABAJO
TRABAJO LENTO
CONCENTRACIONES
MANIFESTACIONES
INFORMACIÓN (PANCARTAS, CARTELES, ETC)
CON SUSPENSIÓN DE TRABAJO
HUELGA (TRABAJADORES)
CIERRE PATRONAL
HUELGA
DERECHO FUNDAMENTAL - CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
NO SE PERCIBE SALARIO / COTIZACIÓN POR DÍA DE HUELGA
NO SUSTITUCIÓN DE HUELGUISTAS OIR TRABAJADORES NO VINCULADOS A LA EMPRESA
RESPETAR LA LIBERTAD DE TRABAJO ADE QUIEN NO VAYA A LA HUELGA
HUELGA ILEGAL
HUELGAS DE SOLIDARIDAD
HUELGAS NOVATORIAS
HUELGAS POLÍTICAS
CIERRE PATRONAL
DERECHO DEL EMPRESARIO
CAUSAS
OCUPACIÓN ILEGAL DEL CENTRO DE TRABAJO
INASISTENCIA O IRREGULARIDADES QUE IMPIDAN NORMALIDAD DE PRODUCCIÓN
PELIGRO DE VIOLENCIA O DAÑO GRAVE PARA PERSONAS O COSAS