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Juicio No. 09332-2020-07506 - Coggle Diagram
Juicio No. 09332-2020-07506
JUEZ Y UNIDAD JUDICIAL
Ab. Leonidas Rubén Prieto Cabrera
Unidad Civil Judicial Florida Norte en el Cantón Guayaquil
FUNDAMENTOS DE HECHO
05 de diciembre del 2019,
mediante correo electrónico comunicó su voluntad de desistir del contrato; puesto que la obra ya pagado no había sido iniciada a la fecha y la aprobación del diseño por parte de Comisión Técnica de Construcciones de la Urbanización Aires de Batán no estaba.
Presentada su solicitud a una Sala de Mediación (por estar estipulado en el contrato) el demandado no compareció aún cuando fue citado.
Actora realiza el pago en 4 partes mediante cheques, sumando el 15% del valor total acordado:
06/03/2019
por $5.000,00
27/08/2019,
por $10.000,00
27/08/2019,
por $38.950,00
29/08/2019,
por $6.800,00
Se demanda por vía ORDINARIA al demandado en vista de repetidas ocasiones pedido el pago de lo debido, no cumplió.
07 de agosto del 2019:
Suscribieron un
Contrato de Construcción por una edificación estableciéndose por un total de USD$405.000,00.
DECLARACIÓN DE SENTENCIA
7 de agosto del 2019
DECLARA con lugar la demanda
Por motivación del incumplimento del demandado, se le obluga al pago de los 60.750,000 (15% del contrato pactado y pagado por la accionante.)
FUNDAMENTOS DE DERECHO, PRUEBAS Y NEXOS
LITIS DEL CONTRATO EN ESTUDIO
: ...Si “LA CONTRATANTE desistiere celebrar el presente contrato o estuviere en mora…, EL CONTRATISTA podrá dar por terminado el presente contrato” y, que “si EL CONTRATISTA se atrasa por más de treinta días en la entrega de la obra dentro del plazo fijado en la cláusula tercera…deberá pagar una multa de un salario mínimo por cada mes de atraso”, y la penalidad del 1% del valor total de la construcción.
CÓDIGO CIVIL - Art.1453:
Nacimiento de la obligación por contrato o convención .-
CONTRATO EL CUAL EL DEMANDADO NUNCA NEGÓ TENER NEXO.
PARTES PROCESALES
ACTORA:
YADIRA YAJAIRA QUEZADA ROMERO
DEMANDADO:
Arq. GIANCALO ANDRÉ D’ STTEFFANO JARA.