Cap. 3: Constitucionalismo Social
Constitucionalismo Social
Función
Derechos Individuales
Derechos Colectivos
Derecho a la seguridad Social
Articulo
como constitucionalismo social se puede definir al conjunto de derechos, garantías y atribuciones que reglamentan las bases funcionales del estado nacional las relaciones entre sus habitantes y sus efectos
Constitución
Social
organizacion funcionamiento determinado las basesa la que se deben suybordinar la lesgilacion habitantesy las relaciones entre todas los actosde la sefuridad socialabierto al alcance de las ley
la relacion entre los integrantes de una comunidad y los efectos que surguuen de la misma son los elementosque integran la vida social de una poblacion
14
14 bis
nadie puede ser obligado a declarar contra si mismo ni arrestado en virtud de orden escrita de autoridad competente. es invioable la defensa en juicio de la persona y de los derechos.
el trabajo en sus diversas formas gozara de la proteccion de leyes, las que aseguraban al trabajador; condiciones dignas y equitativas del labor, jornada ilimitada; descanso y vacaciones pagas; retribucion justa, salario minimo vital movil; igual remuneracion por igual tareas.
Jornada Limitada
Descanso y Vacaciones pagas
Condiciones dignas y Equitativas de labor
Retribución Justa y Salario Mínimo Vital y Móvil
Donde se desarrolle la relación de trabajo se debe respetar la persona y salud del trabajador
Las horas que se puede trabajar sin que el trabajador pierda su rendimiento y su trabajo se transforme en insalubre
Se le debe pagar sus descansos y vacaciones anuales
participacion de las ganancias de las empresas
Toda remuneración nunca puede ser menor al salario mínimo vital y móvil
Recurrir a la conciliación y al arbitraje
Derecho a huelga
Concretar convenios colectivos
Organización sindical libre y democrática
Todo trabajador puede afiliarse a una organización, cuyas autoridades surgen del voto de sus afiliados.
Mejorar las condiciones de trabajo
En caso de discrepancias entre las partes se rigen por las leyes 14.786 y la 16.936
El decreto 2184/90 es el que reglamenta el derecho a huelga
La compensación familiar
Acceso a la vivienda digna
La protección integral de la familia
Jubilaciones y pensiones móviles
Seguro social obligatorio