Cap. 3: Constitucionalismo Social

Constitucionalismo Social

Función

Derechos Individuales

Derechos Colectivos

Derecho a la seguridad Social

Articulo

como constitucionalismo social se puede definir al conjunto de derechos, garantías y atribuciones que reglamentan las bases funcionales del estado nacional las relaciones entre sus habitantes y sus efectos

Constitución

Social

organizacion funcionamiento determinado las basesa la que se deben suybordinar la lesgilacion habitantesy las relaciones entre todas los actosde la sefuridad socialabierto al alcance de las ley

la relacion entre los integrantes de una comunidad y los efectos que surguuen de la misma son los elementosque integran la vida social de una poblacion

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nadie puede ser obligado a declarar contra si mismo ni arrestado en virtud de orden escrita de autoridad competente. es invioable la defensa en juicio de la persona y de los derechos.

el trabajo en sus diversas formas gozara de la proteccion de leyes, las que aseguraban al trabajador; condiciones dignas y equitativas del labor, jornada ilimitada; descanso y vacaciones pagas; retribucion justa, salario minimo vital movil; igual remuneracion por igual tareas.

Jornada Limitada

Descanso y Vacaciones pagas

Condiciones dignas y Equitativas de labor

Retribución Justa y Salario Mínimo Vital y Móvil

Donde se desarrolle la relación de trabajo se debe respetar la persona y salud del trabajador

Las horas que se puede trabajar sin que el trabajador pierda su rendimiento y su trabajo se transforme en insalubre

Se le debe pagar sus descansos y vacaciones anuales

participacion de las ganancias de las empresas

Toda remuneración nunca puede ser menor al salario mínimo vital y móvil

Recurrir a la conciliación y al arbitraje

Derecho a huelga

Concretar convenios colectivos

Organización sindical libre y democrática

Todo trabajador puede afiliarse a una organización, cuyas autoridades surgen del voto de sus afiliados.

Mejorar las condiciones de trabajo

En caso de discrepancias entre las partes se rigen por las leyes 14.786 y la 16.936

El decreto 2184/90 es el que reglamenta el derecho a huelga

La compensación familiar

Acceso a la vivienda digna

La protección integral de la familia

Jubilaciones y pensiones móviles

Seguro social obligatorio