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Derechos Sexuales y Reproductivos - Coggle Diagram
Derechos Sexuales y Reproductivos
Derechos sexuales y reproductivos
¿Qué son?
Los derechos sexuales son una serie de derechos que sirven para garantizar una vivencia plena de la sexualidad sin que esta se vea comprometida o se vea afectada de todas las personas
Derechos
Decidir de forma libre, autónoma e informada sobre mi cuerpo y mi sexualidad
Ejercer y disfrutar plenamente de mi vida sexual
Manifestar públicamente mis afectos
Decidir con quién o quiénes relacionarme afectivamente, erótica y sexualmente
A que se respete mi privacidad y a que se resguarde mi información personal
A la vida, a la integridad física, psicológica y sexual
Decidir de manera libre e informada sobre mi vida reproductiva
A la igualdad
Vivir libre de discriminación.
Acceder a información actualizada, veraz, completa, científica y laica sobre sexualidad
Recibir una educación integral en sexualidad
Accesar a servicios de salud sexual y reproductiva
A la identidad sexual
Participar en políticas públicas sobre sexualidad y reproducción
Normatividad sobre embarazo, parto y
puerperio
NOM-007-SSA2-2016
Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida.
Objetivo
Esta Norma tiene por objeto establecer los criterios mínimos para la atención médica a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio normal y a la persona recién nacida.
Campo de aplicación
Esta Norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional, para el personal de salud de los establecimientos para la atención médica de los sectores público, social y privado del Sistema Nacional de Salud, que brindan atención a mujeres embarazadas, durante el parto, puerperio y de las personas recién nacidas.
Violencia familiar
NOM 046-SSA2-2005
Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención
Objetivo
Establecer los criterios a observar en la detección, prevención, atención médica y la orientación que se proporciona a las y los usuarios de los servicios de salud en general y en particular a quienes se encuentren involucrados en situaciones de violencia familiar o sexual, así como en la notificación de los casos
Campo de aplicación
Es de observancia obligatoria para las instituciones del Sistema Nacional de Salud, así como para los y las prestadoras de servicios de salud de los sectores público, social y privado que componen el Sistema Nacional de Salud. Su incumplimiento dará origen a sanción penal, civil o administrativa que corresponda, conforme a las disposiciones legales aplicables
Violencia obstétrica
NOM-046-SSA2-2005
Forma de violencia ejercida por profesionales de la salud a mujeres embarazadas, en labor de parto y el puerperio
Regulación jurídica del aborto
Regulación del aborto a nivel Federal
Artículo 329 del Código Penal Federal
“Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”
El aborto no es punible, de acuerdo con los artículos 333 y 334 del Código Penal Federal, cuando:
Sea causado por imprudencia de la mujer embarazada
El embarazo sea resultado de una violación
Cuando la mujer embarazada corra peligro de muerte de no practicarse el aborto
Regulación del aborto en el Distrito Federal
Nuevo Código Penal para el Distrito Federal, tipifica el delito de aborto en su artículo 144 señalando:
“Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo”
El artículo 148 del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal establece que se consideran como excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto los siguientes supuestos:
Cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial
Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de afectación grave a su salud a juicio del médico que la asista
Cuando a juicio de dos médicos especialistas exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales, al límite que puedan poner en riesgo la sobrevivencia del mismo, siempre que se tenga el consentimiento de la mujer embarazada
Que sea resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada
Enfoque de género en la legislación y en la aplicación de la ley
La legislación con una perspectiva de género implica revisar y determinar que la política de igualdad nacional descansa sobre bases sólidas y está armonizada en todo el país y no dependen de la voluntad de los gobernantes. Esto también podría incluir la abrogación de leyes discriminatorias en función al género, ya sea explicito como implícito, y la aprobación de nuevas leyes que establezcan la base del principio género y garanticen su aplicación práctica.
Debe existir un marco legal que no solo prohíba la discriminación, sino que también promueva de manera activa la igualdad entre los géneros en todas las ramas de la sociedad.
Objeción de Conciencia
La decisión de una persona de no acatar una norma específica del sistema legal, al considerar que su observancia entra en conflicto con un valor moral que la propia conciencia reconoce y respeta
Opinión
Aborto
Mi opinión en relación con el aborto es positiva ya que si este proceso se legalizara en todos los países este procedimiento sería más seguro y muchas mujeres y niñas no morirían en lugares clandestinos porque no pueden acceder a un sitio seguro y digno, además de que este esté disponible y sea accesible para todos
Objeción de conciencia
A mi parecer es algo bueno utilizar la objeción de conciencia ya que esto nos permite poder respetar nuestros valores y aunque se vean conflictuados con una situación concreta estos sean respetados para nuestra salud mental