Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Derecho procesal civil Rama del derecho procesal que regula la actuación…
Derecho procesal civil Rama del derecho procesal que regula la actuación ante los Tribunales para obtener la tutela de los derechos en asuntos de naturaleza civil o mercantil. A continuación se mencionan los siguientes principios:
Acceso a la justicia: Hace referencia a que toda persona o grupo de personas tiene derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio de sus derechos y la defensa de sus intereses.
Proceso oral y por audiencias: Las actuaciones se cumplirán en forma oral, pública y en audiencias, salvo las que expresamente se autorice realizar por escrito o estén amparadas por reserva.
Igualdad de las partes: El juez debe hacer uso de los poderes que este código le otorga para lograr la igualdad real de las partes.
Concentración: El juez deberá programar las audiencias y diligencias de manera que el objeto de cada una de ellas se cumpla. No podrá aplazar una audiencia, ni suspenderla, salvo por las razones que expresamente autoriza este código.
Inmediación: Hace referencia a que el juez deberá practicar personalmente todas las pruebas y las demás actuaciones judiciales que le correspondan.
Legalidad: Los jueces, en sus providencias, están sometidos al imperio de la ley. Deberán tener en cuenta la equidad, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.
Instancias: Hace referencia a que los procesos tendrán dos instancias a menos que la ley establezca una sola.
-
El profesional en psicología podrá comparecer y actuar en el proceso como experto en la audiencia de instrucción y juzgamiento, en esta oportunidad, será interrogado por los abogados de la parte demandante, demandado y por el juez con los fines de aclaración, todo bajo lo estipulado en los artículos 372 y 373 del código general del proceso.
Derecho procesal penal Se define como el conjunto de normas jurídicas correspondientes al derecho público interno que regulan cualquier proceso de carácter penal desde su inicio hasta su fin entre el Estado y los particulares. se rige bajo los siguientes principios:
Dignidad Humana: Los involucrados en el proceso penal serán tratados con el respeto debido a la dignidad humana.
Libertad: Refiere que toda persona tiene derecho a que se respete su libertad. Nadie podrá ser privado de su libertad sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, emitido con las formalidades legales y por motivos definidos en la ley.
Igualdad: Los servidores judiciales deben hacer efectiva la igualdad de los intervinientes en el desarrollo de la actuación procesal y proteger, a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancias de debilidad.
Imparcialidad: los jueces se orientarán por el imperativo de establecer con objetividad la verdad y la justicia.
Legalidad: Nadie podrá ser investigado ni juzgado sino conforme a la ley procesal vigente al momento de los hechos.
Presunción de inocencia: Toda persona se presume inocente y debe ser tratada como tal hasta que se demuestre lo contrario.
-
El profesional de psicología podrá ser participe de las etapas del proceso penal (indagación, investigación, juzgamiento) también podrá realizar valoraciones y periciales. por otra parte, podrá intervenir en la audiencia de imposición de medida de aseguramiento siendo quien podrá sustentar los motivos del porqué el imputado no es un peligro para la sociedad ni para la víctima.
Derecho Procesal Laboral: Es una rama del derecho procesal que se encarga de regular y buscar solución a las controversias laborales, de forma individual o colectiva, que surgen en los procesos en materia de trabajo y seguridad social, entre empresas y trabajadores.
Principio de gratitud La actuación en los procesos del trabajo se adelantará en papel común, no dará lugar a impuesto de timbre nacional ni a derechos de secretaría.
Libertad: Los actos del proceso para los cuales las leyes no prescriban una forma determinada, los dispondrá el juez para que se lleven a cabo de manera adecuada.
Principio de lealtad procesal: Refiere que las partes deberán comportarse con lealtad y probidad durante el proceso, y el juez hará uso de sus poderes para rechazar cualquier solicitud o acto que implique una dilación manifiesta o ineficaz del litigio.
Derecho procesal administrativo: Es el conjunto de procedimientos judiciales para hacer valer sus derechos individuales y colectivos e intereses legítimos. Encontramos los siguientes principios:
Principio del debido proceso: Las actuaciones administrativas se adelantarán de conformidad con las normas de procedimiento y competencia establecidas en la Constitución y la ley
Buena fe: Las autoridades y los particulares presumirán el comportamiento leal y fiel de unos y otros en el ejercicio de sus competencias, derechos y deberes.
Responsabilidad: En este principio, las autoridades y sus agentes asumirán las consecuencias por sus decisiones, omisiones o extralimitación de funciones, de acuerdo con la Constitución, las leyes y los reglamentos.
Dentro del rol del psicólogo dentro de este ámbito, se destacan los siguientes aportes: participar al interior del proceso administrativo ,acreditar el daño emocional y mental de las víctimas y los perjudicados, mediante entrevistas y pruebas el psicólogo deberá de acreditar la existencia del daño, y determinar si el perjuicio psicológico está en un grado leve, moderado o grave.
Derecho procesal en e código de infancia y adolescencia: Se define como el proceso creado por la Ley de Infancia y Adolescencia como un instrumento para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes ante su inobservancia, amenaza o vulneración.
-
-
-
-