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Código de Ética para la Carrera Docente - Coggle Diagram
Código de Ética para la Carrera Docente
Código de ética
Dignidad de la persona humana
Respetar su libertad, reconocer su identidad y considerarla como un derecho
humano universal.
Integridad y Coherencia
La conducta del docente debe ser una complementariedad armónica entre el
pensar, el decir y el actuar.
Responsabilidad
Asumir los compromisos inherentes a su rol y contribuir con sentido de solidaridad
al bien común de la sociedad.
Verdad
Promover el interés permanente por la búsqueda de la verdad que inspira la
actividad docente, la investigación y el aprendizaje.
Confianza
Promover el interés permanente por demostrar que somos dignos de la confiabilidad de los colegas docentes, de los estudiantes, de los administrativos y de la sociedad en general.
Equidad:
Reconocer los derechos de cada persona de acuerdo con su propia condición
humana y circunstancias.
Compromisos
Artículo 1
El Código de Ética es de estricto cumplimiento para todo el personal docente de la
Universidad Autónoma de Chiriquí.
Artículo 2- en lo personal
a) Mantener la honestidad y veracidad y jamás comprometerlas por ascensos
o beneficios personales.
c) Evitar la realización de actos que signifiquen conflicto entre los intereses
personales y los de la Universidad Autónoma de Chiriquí.
b) Procurar que los colegas docentes reciban crédito por su trabajo y
contribuciones.
d) Otorgar un trato respetuoso y tolerante a los estudiantes, administrativos y
colegas.
e) Asumir responsabilidad por sus propios errores.
f) Abstenerse de promover, participar o emitir comentarios verbales o
escritos que difame, denigre o deshonre Institución o a cualesquiera de
sus miembros.
g) Respetar al estudiante universitario, sin distinción de sexo, origen étnico,
filiación política o religiosa.
h) Elevar a las instancias correspondientes las irregularidades que afecten el
proceso académico y administrativo de la Institución.
Artículo 3- ante la ley
a) Respetar la Constitución y las leyes nacionales.
b) Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica de la UNACHI, el Estatuto
Universitario, reglamentos y acuerdos vigentes en la Institución.
Artículo 4- en lo Institucional
a) Promover el mejoramiento institucional en cuanto a:
Comunicación,
Creatividad,
Liderazgo,
Dedicación académica y administrativa
Investigación.
b) Guardar lealtad a la Institución.
c) Comprometerse en la actualización y mejoras permanentes del que hacer
académico, con sentido de pertenencia y pertinencia.
d) Promover en todos los niveles de autoridad y operación la rendición de
cuentas mediante procedimientos y controles apropiados regulados por la
universidad y las instancias correspondientes.
e) Conocer, aplicar y difundir el Código de Ética del profesor universitario.
f) Hacer uso adecuado y responsable de los recursos de la Universidad
Autónoma de Chiriquí.
Artículo 5- en lo profesional
a) Tener presente que pertenecemos a una institución educativa y que es un
deber el desempeño ético, objetivo, diligente y puntual.
b) Desempeño profesional con transparencia, preservando como derecho
supremo el patrimonio de la Institución.
c) Aceptar como un deber personal la responsabilidad de mantenerse
actualizado en su área y disciplina de trabajo.
d) Promover y apoyar todas aquellas actividades dirigidas a mejorar el desarrollo personal a través de los conocimientos, habilidades y competencias.
e) Cumplir con los procesos de planificación y evaluación institucional que
exija la UNACHI.
e) Cumplir con los procesos de planificación y evaluación institucional que
exija la UNACHI.
f) Mantener la objetividad en los procesos de evaluar a colegas, en su
autoevaluación y en su trabajo.
g) Promover el trabajo en equipo efectiva mediante una actitud participativa, colaborativa y proactiva para lograr óptimo resultado en la actividad académica.
Artículo 6- en lo público
a) Oponernos y denunciar ante la autoridad institucional toda forma de discriminación o acoso.
b) Motivar a los docentes a participar en las políticas universitarias que les afecten en el buen desempeño.
c) Propiciar el respeto a la dignidad y honra de los docentes, estudiantes y administrativos.
d) El docente que participe en programas permanentes o transitorios en medios de comunicación masiva debe enmarcarse bajo el principio de la libre expresión salvaguardando los valores éticos e integridad personal.
e) El docente debe demostrar tolerancia y evitar la discriminación racial, de género, edad, etnia, cultura, ideología política, religiosa y discapacidad.
Artículo 7
Toda falta a este código será resuelta conforme lo dispuesto en el procedimiento disciplinario establecido en la ley 4 de 16 de enero de 2006, en el Estatuto y el Reglamento de Carrera Docente e Investigación.