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LA COMPETENCIA PENAL - Coggle Diagram
LA COMPETENCIA PENAL
COMPENTENCIA JUDICIAL
Nadie puede ser sometido a pena o medida de seguridad sino por resolución del órgano jurisdiccional determinado por la Ley
Corresponde al órgano jurisdiccional la dirección de la etapa intermedia y, especialmente, del juzgamiento, así como expedir las sentencias y demás resoluciones previstas en la Ley.
Por la competencia se precisa e identifica a los órganos jurisdiccionales que deben conocer un proceso.
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TIPOS
Por conexión
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Cuando el hecho delictuoso ha sido cometido para facilitar otro delito o para asegurar la impunidad.
Cuando varias personas vinculadas por una misma voluntad criminal hayan cometido diversos hechos punibles en tiempo y lugar diferentes.
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Territorial
- Por el lugar donde domicilia el imputado.
- Por el lugar donde fue detenido el imputado.
- Por el lugar donde se descubrieron las pruebas materiales del delito.
- Por el lugar donde se produjeron los efectos del delito.
- Por el lugar donde se cometió el hecho delictuoso o se realizó el último acto en caso de tentativa, o cesó la continuidad o la permanencia del delito.
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CARACTERISTICAS
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b) la extensión, los jueces y Colegiados que tengan competencia para conocer de una causa determinada, la tendrán también para todos los requerimientos, pedidos o solicitudes relacionadas a la misma, y a la inversa; así como,
a) la improrrogabilidad, esto es, la función jurisdiccional atribuida a un órgano jurisdiccional no puede cederse a ningún otro;
c) la exclusividad, al corresponder a la jurisdicción penal ordinaria el conocimiento de todos los casos por comisión de delitos y faltas, excepto aquellos señalados a los Tribunales militares.