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LOS RECURSOS - Coggle Diagram
LOS RECURSOS
Concepto: Es el medio de impugnación que interpone una de las partes en un proceso judicial para solicitar que se examinen de nuevo cuestiones que ya han sido vistas y resueltas en una resolución no firme.
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Recurso de Revocación: El recurso de revocación procederá con el objeto de que el mismo órgano jurisdiccional que dictó la resolución impugnada, la examine de nueva cuenta y dicte la resolución que corresponda.
Procedencia: Procederá contra autos de mera sustanciación a fin de que el tribunal que lo dicto examine nuevamente la cuestión. Se interpone dentro de los 3 días siguientes a la notificación de la decisión impugnada.
Recurso de Casación: sólo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de pena inferiores a las señaladas.
Oportunidad Procesal para Interponerlo: Sera interpuesto ante la Corte de Apelaciones, dentro del plazo de 15 días después de publicada la sentencia salvo que el imputado o imputada se encontrare privado de su libertad, caso en el cual este plazo comenzara a correr a partir de la fecha de su notificación personal, previo traslado.
Legitimación: Podrán recurrir en contra de las decisiones judiciales las partes a quienes la ley reconozca expresamente este derecho. Por el imputado o imputada podrá recurrir el defensor o defensora, pero en ningún caso en contra de su voluntad expresa.
Recurso de Revisión: La revisión procederá contra la sentencia firme, en todo tiempo y únicamente a favor del imputado o imputada, en los casos siguientes:
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Recurso de Apelación: El recurso mediante el cual la parte, o los terceros que han sufrido agravio por la sentencia del Juez de primer grado de jurisdicción, provocan un nuevo examen de la relación controvertida por el Juez Superior o de segundo grado que debe dictar la sentencia final.
Tipos
Apelación de Autos: Es un recurso devolutivo, ya que se interpone ante el órgano que dicta la resolución impugnada (a quo) para ser resuelto por el órgano superior (ad quem).
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