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Comunas: ente local que representa la propia comunidad, regula los…
Comunas: ente local que representa la propia comunidad, regula los intereses y promueve su desarrollo, tienen autonomía estatutaria, normativa, organizativa y administrativa
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Funciones de las comunas: responsable de todas las funciones administrativas relativas a la población y el territorio municipal del uso de servicios, uso del suelo, desarrollo y ordenación del territorio y desarrollo económico.
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Servicios de competencia estatal:
- Servicios electorales, de estado civil, reclutamiento y estadistica
- La ley puede enmendar otras funciones
Órganos de las comunas
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Junta comunal: nombrado por el alcalde, respetando el principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres
(se garantiza la presencia de ambos sexos; la presencia de un presidente; la presencia de un vicepresidente).
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A) En municipios con población > 15k habitantes: concejales -consigliere- designados por el alcalde entre los ciudadanos que cumplan los los requisitos de elegibilidad.
B) En municipios con población < 15k habitantes: los estatutos podrán prever el nombramiento como concejal de ciudadanos que no sean miembros del ayuntamiento y que cumplan los requisitos mencionados.
Otros organos
Directores general (superior a 15K): una figura posible, que se encuentra tanto en municipios como en provincias Es revocado por el alcalde previa resolución del consejo municipal. El mandato no puede exceder del mandato del alcalde. En los casos que no se haya nombrado director, el alcalde puede asignar funciones pertinentes al secretario municipal.
Secretarios comunal: realiza tareas de colaboración/ asistencia jurídica administrativa en relación con los órganos de autoridad
El secretario es un empleado estatal.
La inscripción en el registro es condición necesaria pero no suficiente para ser secretario de una entidad, para ello se requiere el nombramiento por parte del alcalde
Autonomia statutaria e regolamentare dei comuni: se preve que las comunas, pero tab. provincias y CM adopten sus propios estatutos. Estatutos deliberados por los respectivos consejos con el voto favorable de 2/3 de los consejetos, se exponen el el tablón público durante 30 dias y se envían al ministerio de interior.
Los municipios y las provincias adoptan reglamentos sobre asusntos de su competencia
Requisitos
- Cuando no disminuyan la neutralidad y la correctica del cargo
- Debe formarse una mayoría consultiva a favor de la revocación
- Falta de imparcialidad de la función de garantía
- Motivación adecuada sobre la base de los requisitos previos anteriores
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Revisión de la revocación de cargo se ha subrayado que este acto es una expresión de evaluaciones políticas
Funciones de la junta
- El consejo realiza todos los actos que constituyen el ejercicio de los poderes de dirección política y control administrativo. Tiene poderes generales y residuales.