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14.2 - Coggle Diagram
14.2
Problemas
De todas ellas, ha salido reforzada en algunos aspectos, pero también debilitada en otros
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Desde 1989, la UE se ha tenido que enfrentar a dificultades internas y externas
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La salida del Reino Unido de la UE o Brexit acordada en referéndum en 2016, pero efectiva en febrero de 2020, también ha supuesto un obstáculo a la continuación de los procesos de integración europea
El incremento del euroescepticismo en algunos países de la UE, así como el impacto de la pandemia de Covid-19 y de la guerra de Ucrania desde 2022, que en habmos casos han tenido una respuesta desigual entre los Estados miembros, han sido factores que han aumentado las dificultades
Esto ha generado cierta incertidumbre sobre el futuro institucional de la UE y ha debilitado su poder geopolítico ante Estados Unidos, China y Reino Unido
Futuro
No obstante, para ello, será nacesario avanzar hacia una mayor integración política y económica que anteponga el proyecto común europeo a los intereses nacionales y elimine las disparidades aún existente en unos territorios y otros
Sólo de este modo, los ciudadanos de cada país, sin renunciar a sus identidades propias, percibirán las ventajas de la Unión
Sin embargo, parece que la UE, en un mundo globalizado, es la fórmula más idónea para que los 27 países que la componen puedan afrontar con éxito los retos del futuro
Valores
Estos valores inspiran todas las normas de la UE y deben regir también el funcionamiento de cada uno de los Estados miembros, y existen mecanismos que garantizan que así sea
El respeto de estos valores es un requisito previo e imprescindible exigido a cualquier nuevo Estado que pretenda incorporarse a la UE
La exigencia de compartir estos valores, junto a la voluntad de integración política, es uno de los rasgos que diferencian a la UE de otras alianzas u organismos internacionales, como el T-MEC o el Mercosur de América Latina, cuyo objetivo es una mayor integración meramente económica de sus países miembros
La UE no es solo una asociación de países que cooperan en ámbitos de interés mutuo, sino también una comunidad de valores, recogidos en el artículo 2 del Tratado de Maastricht
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