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La confeciónal C.C. art 1211 al 1236 - Coggle Diagram
La confeciónal
C.C. art 1211 al 1236
Es judicial o extrajudicial.
Es judicial la que se hace ante juez competente ya al contestar la demanda y absolviendo posiciones.
Es extrajudical la que se hace ante juez incompetente.
Se puede ofrecer desde la demanda, contestación y hasta 10 días antes de la audiencia.
Las persona físicas que sean parte en juicio estan obligadas a absolver posiciones personalmente.
Para personas morales la absolución de posiciones se llevará a efecto por apoderado o representante, con facultades para absover.
si el que debe absolver las posiciones no estuviere en el lugar del juicio el juez librara el exhorto acompañando, cerrado y sellado.
El que articula tiene derecho de asistir al interrogatorio y de hacer en el acto nuevas pregintas que le convengan.
Las posiciones deben articularse en terminos precisos, sin ser insidiosas, no deben contener mas de un hecho y debe ser propio de quien declara.
Si se presenta pliego de posiciones para el desahogo de la confesional, éste deberá presentarse cerrado, y guardarse así en el secreto del tribunal.
Si el citado comparece el juez debe abrie en su presencia el pliego, antes de proceder al interrogatorio.
La notificación debe hacerse condos dias de anticipación a la fecha señalada para audiencia.
En ningún caso se permitirá que la parte que ha de absolver un interrogatorio de posiciones esté
asistida por su abogado.
Pero si el absolvente es extranjero sera asistido por un intérprete si lo solicita o el juez lo nombra.
En el caso de que el declarante se negare a contestar el juez aprecibira en el acto de tenerle por confeso.
Si fueren varios los que hayan de absolver, las diligencias se practicaran por seprado el mismo día.
Si las respuestas son evasivas el juez le apercibira de tenerle por confeso sobre los hechos de sus respuestas.
La redacción una vez firmada no puede variare ni en la sustancia ni en la redacción
Absueltas las posiciones, el absolvente tiene derecho a su vez de formularlas en el acto al articulante. El tribunal puede libremente interrogar a las partes.
Las partes pedirán en el mismo acto de la declaración que el tribunal exija al absolvente que aclare algún punto dudoso sobre el cual no se haya contestado categóricamente
Cuando la confesión no se haga al absolver las posicionesse acusará la correspondiente rebeldía, quedando perfecta la confesión.