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ARTICULO 11.2 DE LA CONSTITUCION ECUATORIANA
PROHIBICIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN POR CATEGORÍAS.
Condición socioeconómica
Prohíbe la discriminación basada en el estatus económico o social de una persona.
Discapacidad
Prohíbe la discriminación basada en la presencia de una discapacidad física o mental de una persona.
Condición migratoria
Prohíbe la discriminación basada en el estado migratorio o de ciudadanía de una persona.
Diferencia física
Prohíbe la discriminación basada en diferencias físicas que puedan tener las personas.
Pasado judicial
Prohíbe la discriminación basada en el historial legal o judicial de una persona.
Orientación sexual
Prohíbe la discriminación basada en la orientación sexual de una persona, ya sea heterosexual, homosexual, bisexual, etc.
Estado de salud
Prohíbe la discriminación basada en el estado de salud física o mental de una persona.
Portar VIH
Prohíbe la discriminación basada en el estado de portar el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH)
Otras distinciones personales o colectivas
Prohíbe la discriminación basada en cualquier otra característica personal o colectiva que no esté específicamente mencionada, siempre y cuando tenga el propósito o el resultado de menoscabar los derechos de una persona.
Identidad de género
Prohíbe la discriminación basada en la identidad de género de una persona, es decir, la forma en que una persona se identifica en términos de género, que puede diferir del sexo asignado al nacer.
Identidad cultural
Prohíbe la discriminación basada en la identidad cultural de una persona, que incluye su afiliación étnica, nacional, lingüística o religiosa.
Sexo
Prohíbe la discriminación basada en el sexo biológico de una persona.
Estado civil
Prohíbe la discriminación basada en el estado civil de una persona, ya sea soltero, casado, divorciado, etc.
Edad
Prohíbe la discriminación basada en la edad de una persona, ya sea discriminación por ser joven o por ser mayor.
Idioma
Prohíbe la discriminación basada en el idioma que habla una persona.
Lugar de nacimiento
Prohíbe la discriminación basada en el lugar donde nació una persona.
Religión
Prohíbe la discriminación basada en la religión o creencias religiosas de una persona.
Etnia
Prohíbe la discriminación basada en el origen étnico o racial de una persona.
Ideología
Prohíbe la discriminación basada en las ideas políticas, filosóficas o sociales de una persona.
Filiación política
Prohíbe la discriminación basada en la afiliación o preferencia política de una persona.
Todas las personas son iguales y gozarán delos mismos derechos, deberes y oportunidades.
El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en
situación de desigualdad.