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(2) LO 4/2015, 30 marzo, DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA (8-16) -…
(2) LO 4/2015, 30 marzo, DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA
(8-16)
Art.8 Acreditación de la identidad de los ciudadanos españoles
Españoles derecho se les expida DNI
Documento público y oficial
Único con suficiente valor por sí solo para ➡️ acreditación identidad
➡️ y datos personales
Permite identificación y firma electrónica a
➡️ españoles +18 con plena capacidad obrar
➡️ y menores emancipados (16 años)
Personas capacidad modificada judicialmente cuando
➡️ expresamente solicite interesado
➡️ y no precise representación o asistencia
Art. 9 Obligaciones y derechos del titular DNI
Obligatorio a partir 14 años
No podrá ser privado del mismo
➡️ ni siquiera temporalmente
➡️ sino en supuestos haya ser sustituido por otro documento
TODAS personas
➡️ obligadas obtener DNI
➡️ exhibirlo y permitir medidas seguridad
Art. 10 Competencias DNI
Competencia exclusiva
Ministerio Interior
➡️ dirección
➡️ organización
➡️ gestión
Competencia ejercida
DGP
➡️ custodia
➡️ responsabilidad archivos y ficheros
Art. 11 Pasaporte de ciudadanos españoles
Documento público, personal, individual e intransferible
Acredita identidad y nacionalidad
➡️ ciudadanos españoles fuera España
➡️ españoles no residentes dentro territorio nacional
Ciudadanos españoles derecho les sea expedido
Solo exceptuado cuando
➡️ condenado penas o medidas seguridad privativas libertad
➡️ acordado por órgano judicial
➡️ medida libertad vigilada con prohibición abandonar territorio nacional
➡️ órgano judicial competente haya prohibido la salida de España, expedición al menor o a persona capacidad modificada judicialmente
Obtención por ciudadanos sujetos a patria potestad o tutela
➡️ condicionada al consentimiento expreso
Titulares
➡️ obligación exhibirlo y facilitarlo
Art. 12 Competencias pasaporte
Competencia expedición
Territorio nacional
DGP
Extranjero
Representaciones Diplomáticas y Consulares de España
Desarrollo este Ley referente régimen jurídico pasaporte
Gobierno ⬅️
a propuesta ⬅️
MI y Asuntos Exteriores y Cooperación
Art. 13 Acreditación identidad ciudadanos extranjeros
Extranjeros en territorio español
Derecho y obligación conservar y portar docu
acredite identidad expedida autoridad país origen⬅️
acredite situación regular en España⬅️
No ser privados documentación origen
SALVO investigaciones judiciales⬅️
de carácter penal ⬅️
Art. 14 Órdenes y prohibiciones
Autoridades competentes
Mediante resolución debidamente motivada
Art. 15 Entrada y registro en domicilio y edificios organismos oficiales
FCS solo ENTRADA y REGISTRO domicilio
Casos CE y Leyes
consentimiento titular ⬅️
autorización judicial ⬅️
delito flagrante⬅️
Causa legítima ENTRADA domicilio
necesidad evitar daños inminentes ⬅️
necesidad evitar daño grave personas y cosas ⬅️
supuestos catástrofe, calamidad, ruina inminente ⬅️
u otros semejantes extrema y urgente necesidad ⬅️
ENTRADA organismos oficiales o entidades públicas
NO preciso consentimiento
Art. 16 Identificación de personas
➡️ indagación
➡️ prevención delictiva
➡️ sanción infracciones penales y admn.
FCS podrán requerir identificación personas
Cuando indicios han podido participar en comisión infracción
Para prevenir comisión delito
En identificación respetarán estrictamente principios
proporcionalidad ⬅️
igualdad trato ⬅️
no discriminación ⬅️
Agentes requerir acompañen dependencias policiales + próximas
➡️ para impedir comisión delito
➡️ para sancionar infracción
➡️ a solos efectos identificación
➡️ y por tiempo estrictamente necesario (en ningún caso superar las 6h)
Cuando no posible identificación
por cualquier medio ⬅️
incluida vía telemática o telefónica ⬅️
o persona negase identificarse ⬅️
Se llevará un libro-registro
solo asientos SC (se cancelarán de oficio a los 3 años) ⬅️
solo comunicar datos autoridad judicial y MF⬅️
Órgano competente Admn.
remitir MENSUALMENTE MF ⬅️
extracto diligencias identificación⬅️
con expresión tiempo utilizado en cada una ⬅️
Personas desplazadas dependencias policiales
expedirá volante acreditativo⬅️
del tiempo permanencia, causa e identidad agentes actuantes⬅️