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Sección I ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES - Coggle Diagram
Sección I ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
Art. 1.- Ámbito de Aplicación.
Las normas del presente reglamento y las demás que expidiere el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, se aplicarán en todo el territorio aduanero ecuatoriano.
Art. 2.- Definiciones
Para efecto de la aplicación del Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y este reglamento se establecen las siguientes definiciones:
a) Autoridad Aduanera
El órgano de la administración pública competente en materia de comercio exterior es responsable de aplicar la legislación aduanera y sus normas complementarias y supletorias. Además, es el encargado de determinar y recaudar los tributos y recargos establecidos para las operaciones de comercio exterior, ejerciendo control y potestad aduanera. Este órgano también proporciona directamente o a través de concesiones los servicios aduaneros contemplados en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.
b) Agente de Carga de Exportaciones
Una agencia de aduanas es una entidad jurídica autorizada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador para proporcionar servicios relacionados con el manejo de carga, incluyendo la agrupación de mercancías y la presentación de la Declaración Aduanera en el caso de exportaciones. Estas agencias están sujetas a reglamentos y acuerdos específicos y tienen la capacidad de emitir documentos de transporte u otros necesarios para su actividad.
c) Costos de Conservación Aduaneros
Los gastos de almacenaje en litigio se refieren a los costos incurridos durante el almacenamiento de mercancías que están sujetas a litigios judiciales y han sido incautadas. Estos gastos son asumidos únicamente por la autoridad aduanera cuando el propietario de las mercancías ha sido declarado inocente mediante una sentencia ejecutoriada.
d) AOG
En términos aduaneros, AOG (Aircraft On Ground) se refiere a una aeronave que ha sido puesta en tierra y está impedida de volar debido a razones técnicas graves.
e) Auto liquidación
La determinación tributaria preliminar es un proceso realizado por el sujeto pasivo (persona o empresa) al momento de ingresar o sacar mercancías del territorio aduanero. Consiste en calcular de manera anticipada los tributos aplicables al comercio exterior y otros recargos relacionados. Esta determinación preliminar sirve como base para la liquidación final de los impuestos y recargos aduaneros.
f) Autotransporte
Un medio de transporte considerado como mercancía se refiere a un vehículo o equipo que se mueve por sus propios medios y que, debido a sus características especiales, no puede ser transportado en unidades de transporte convencionales. Esto implica que requiere un tratamiento particular en términos de transporte y logística debido a su naturaleza única.
g) Bienes de Capital
Aquellas mercancías que no se destinan al consumo, sino a seguir un proceso productivo, en forma directa o indirecta para incrementar el patrimonio material o financiero
h) Cantidad
La declaración real exacta se refiere a la descripción precisa de las unidades físicas, peso neto, dimensiones u otras unidades de medida relevantes para las mercancías que están sujetas a la obligación tributaria aduanera. Es importante que esta declaración sea precisa y detallada para asegurar el cumplimiento adecuado de las regulaciones aduaneras y facilitar el cálculo correcto de los impuestos y tarifas aplicables.
i) Carga
Todo bien que pueda ser objeto de transporte
j) Carga de Correos Rápidos o Postal.
Carga agrupada y trasladada bajo nombre y responsabilidad de una persona jurídica pública o privada operadora de encomiendas internacionales
k) Carga Contenerizada
Carga de uno o varios embarcadores, amparada en uno o varios documentos de transporte, movilizadas dentro de una unidad de carga
l) Carga especial
Mercancías que por razón de su cantidad, volumen, peso, de sus dimensiones o naturaleza, no puedan ser transportadas en unidades de carga
m) Carga a granel
Es aquella mercancía sólida, líquida o gaseosa que por su cantidad, o estado es transportada sin embalaje de ninguna clase
n) Carga Consolidada
Mercancías pertenecientes a uno o varios consignatarios, agrupadas para ser transportadas bajo un mismo documento de transporte
o) Carga peligrosa
Todo artículo o sustancia que pueda constituir un riesgo importante para la salud, el medio ambiente, la seguridad personal o de los bienes
p) Carga suelta
Bienes individuales que por su tamaño o naturaleza no son transportados en unidades de carga y que se manipulan y embarcan como unidades separadas
q) Coloaded
Es una práctica internacional que consiste en el embarque de carga entre dos o más consolidadores, sean estos transportista no operador del medio de transporte efectivo, agente de carga o transitario, a través de otro similar
r) Co-mail
Documentos, material didáctico, manuales, formularios, y correspondencia interna de las líneas aéreas y de los explotadores, tales como guías aéreas/notas de
s) COMAT
Todo material para uso aeronáutico destinado para el aprovisionamiento, la reparación y mantenimiento, los equipos para la recepción de pasajeros
t) Consolidación de Carga
Es el acto de agrupar mercancía correspondiente a uno o varios embarcadores para ser transportadas hacia o desde el Ecuador, para uno o más destinatarios
u) Consolidador de carga
Operador distinto del porteador, que transporta carga en forma agrupada, bajo su nombre y responsabilidad, destinada a uno o más consignatarios finales, debidamente autorizado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
v) Control Aduanero.
Es el conjunto de medidas adoptadas por la Autoridad Aduanera con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislación
w) Derechos Arancelarios.
Son Tributos al Comercio Exterior y pueden ser: ad-valórem, específicos o mixtos.
x) Derechos Arancelarios Ad Valórem
Son los establecidos por la autoridad competente, consistentes en porcentajes que se aplican sobre el valor de las mercancías;
y) Derechos Arancelarios Específicos
Son los establecidos por la autoridad competente, consistentes en recargos fijos que se aplican en base a determinadas condiciones de las mercancías
Derechos Arancelarios Mixtos
Son los establecidos por la autoridad competente, consistentes en derechos arancelarios ad valórem y derechos arancelarios específicos
aa) Despacho Aduanero
Procedimiento administrativo al que se someten las mercancías sujetas al control aduanero declaradas a cualquier régimen u otro destino aduanero;
bb) Declarante
La persona natural o jurídica que suscribe y transmite o presenta una Declaración Aduanera de mercancías en nombre propio o de otro, en las formas y condiciones establecidas en el Código Orgánico de la Producción
cc) Destrucción total
Eliminación de objetos, productos o sustancias, que los inutilice totalmente de acuerdo con su naturaleza o función, dejándolos sin valor comercial;
dd) Documento de transporte.
Documento que materializa el acuerdo de voluntades entre un Operador de Transporte y un usuario de su servicio, por el cual el primero se compromete a transportar la carga desde un determinado lugar de origen hasta el destino final que se le indique,
ee) Envíos o Paquetes postales
Término genérico que designa a cada una de las expediciones efectuadas por el operador público
ff) Herramientas o equipo de trabajo
Es el conjunto de utensilios, instrumentos y/o equipos profesionales, de uso portátil o estacionario, nuevos o usados
gg) Levante o Retiro de las Mercancías
Es el acto por el cual la Autoridad Aduanera autoriza al declarante o persona interesada a disponer de las mercancías de acuerdo a los fines previstos en el régimen aduanero autorizado
hh) Manifiesto de carga de correos rápidos o postal.
documento simplificado que contiene la individualización de cada una de las Guías de Envíos o Paquetes Postales que se movilizan en un medio de transporte,
lll) Unidad de Transporte
Unidad que permite el transporte de las mercancías y/o unidades de carga, que tenga tracción propia o autopropulsión;
mmm) Unidades Comerciales.
Corresponde a la cantidad de mercancías objeto de negociación, que puede diferir de las determinadas en el Arancel Nacional de Importaciones como unidades físicas y que se registra en la factura comercial o contrato de compra venta;
ttt) Inspección no intrusiva.
Acción de control realizada por las autoridades competentes, que se podrá realizar de manera simultánea, en virtud del perfilamiento de riesgos, con el fin de verificar la naturaleza de las mercancías
uuu) Ensamblaje
Es la unión, acoplamiento o empalme íntimo de dos o más piezas;
vvv) Normativa aplicable
Para efectos de lo contemplado en el artículo 112 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, entiéndase como normativa aplicable para el cumplimiento de la obligación aduanera a la normativa vigente a la fecha de aceptación de la declaración aduanera; salvo los documentos de acompañamiento
www) Fecha de inicio de último viaje con destino al Ecuador
Entiéndase a la fecha de inicio del flete internacional pactado con destino al territorio ecuatoriano, sin considerar las escalas o transbordos que se hubieren realizado a las mercancías para este efecto.