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Sección I ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES - Coggle Diagram
Sección I ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
1. Ámbito de aplicación:
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Se aplica en todo el territorio aduanero ecuatoriano.
2. Definiciones:
Autoridad Aduanera:
Órgano de la administración pública que facilita el comercio exterior, aplica la legislación aduanera y sus normas complementarias, determina y recauda tributos al comercio exterior y otros recargos.
Control Aduanero:
Conjunto de medidas adoptadas por la Autoridad Aduanera para asegurar el cumplimiento de la legislación.
Agente de Carga de Exportaciones:
Persona jurídica autorizada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador para prestar servicios de manejo de carga, agrupar mercancías y presentar la Declaración Aduanera en las exportaciones.
Declarante:
Persona natural o jurídica que suscribe y transmite o presenta una Declaración Aduanera de mercancías.
Costos de Conservación Aduaneros:
Gastos generados por el almacenaje de mercancías incautadas por litigios judiciales, asumidos por la autoridad aduanera cuando se declara la inocencia del propietario.
Derechos Arancelarios:
Tributos al Comercio Exterior que pueden ser ad-valórem, específicos o mixtos.
AOG:
Aeronave puesta en tierra por razones técnicas graves.
Auto liquidación:
Determinación tributaria preliminar realizada por el sujeto pasivo por el ingreso o salida de mercancías del territorio aduanero.
Derechos Arancelarios Ad Valórem:
Porcentajes que se aplican sobre el valor de las mercancías.
Derechos Arancelarios Específicos:
Recargos fijos que se aplican en base a determinadas condiciones de las mercancías.
Derechos Arancelarios Mixtos:
Derechos arancelarios ad valórem y derechos arancelarios específicos que se aplicarán conjuntamente.
Autotransporte:
Medio de transporte que se desplaza por sus propios medios y no puede ser transportado en unidades de transporte habilitadas.
Bienes de Capital:
Mercancías que no se destinan al consumo, sino a un proceso productivo para incrementar el patrimonio material o financiero.
Despacho Aduanero:
Procedimiento administrativo al que se someten las mercancías sujetas al control aduanero declaradas a cualquier régimen u otro destino aduanero.
Cantidad:
Declaración real exacta de las unidades físicas, peso neto, dimensiones u otra unidad de medida que tenga incidencia tributaria de las mercancías.
Destrucción total:
Eliminación de objetos
Definiciones:
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Carga:
Todo bien que pueda ser objeto de transporte.
Carga de Correos Rápidos o Postal:
Carga agrupada y trasladada bajo nombre y responsabilidad de una persona jurídica pública o privada operadora de encomiendas internacionales.
Coloaded:
Práctica internacional que consiste en el embarque de carga entre dos o más consolidadores.
Carga Contenerizada:
Carga de uno o varios embarcadores, amparada en uno o varios documentos de transporte, movilizadas dentro de una unidad de carga.
Carga especial:
Mercancías que por su cantidad, volumen, peso, dimensiones o naturaleza, no pueden ser transportadas en unidades de carga.
Co-mail:
Documentos, material didáctico, manuales, formularios, y correspondencia interna de las líneas aéreas y de los explotadores.
Carga a granel:
Mercancía sólida, líquida o gaseosa que por su cantidad, o estado es transportada sin embalaje de ninguna clase, en medios de transporte o unidades de carga especialmente diseñados para el efecto.
Carga Consolidada:
Mercancías pertenecientes a uno o varios consignatarios, agrupadas para ser transportadas bajo un mismo documento de transporte.
COMAT:
Material para uso aeronáutico destinado para el aprovisionamiento, la reparación y mantenimiento, los equipos para la recepción de pasajeros, manipuleo de carga y demás mercancías necesarias para la operatividad de las aeronaves.
Carga peligrosa:
Todo artículo o sustancia que pueda constituir un riesgo importante para la salud, el medio ambiente, la seguridad personal o de los bienes.
Carga suelta:
Bienes individuales que por su tamaño o naturaleza no son transportados en unidades de carga y que se manipulan y embarcan como unidades separadas.
Consolidación de Carga:
Agrupar mercancía correspondiente a uno o varios embarcadores para ser transportadas hacia o desde el Ecuador, para uno o más destinatarios.