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Reglas Generales para la Investigación del Delito y el Control de las…
Reglas Generales para la Investigación del Delito y el Control de las Actividades del Ministerio Público
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Reglas Generales
1er Regla
Objetividad e imparcialidad: La investigación del delito debe ser realizada de manera objetiva e imparcial, sin prejuicios ni discriminaciones.
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8va Rgegla
Eficacia: La investigación del delito debe ser eficaz y diligente, a fin de esclarecer los hechos y obtener la verdad.
4ta Regla
Respeto a los derechos humanos: La investigación del delito debe respetar los derechos humanos de todas las personas involucradas, tanto de la víctima como del imputado.
5ta Regla
Perspectiva de género: La investigación del delito debe tener una perspectiva de género, a fin de evitar la discriminación y la revictimización de las mujeres.
10ma Regla
Participación de la víctima: La víctima del delito tiene derecho a participar en la investigación y a ser informada sobre los avances de la misma.
9na Regla
Transparencia: La investigación del delito debe ser transparente, a fin de que la sociedad pueda conocer los avances y resultados de la misma.
6ta Regla
Publicidad: Las actuaciones del Ministerio Público y del juez de control son públicas, salvo las excepciones previstas en la ley.
7ma Regla
Reserva: La investigación del delito puede ser declarada reservada por el Ministerio Público o por el juez de control, cuando sea necesario para proteger los derechos de las personas involucradas o para evitar la fuga de información.
2da Regla
Colaboración: Las autoridades encargadas de la investigación del delito deben colaborar entre sí, a fin de lograr una investigación eficaz y eficiente
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Fuentes de Información:
Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) (2014), publicado en el Diario Oficial de la Federación el de marzo de 2014, México: Secretaría de Gobernación.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) (2023), última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2023, Ciudad de México: Secretaría de Gobernación.
Poder Judicial del Estado de Tlaxcala: Apartado de Ordenamientos
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