Art. 84 El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Prestaciones cualquier que sea el nombre que reciban siempre y cuando sean PERMANENTES, CONTINUAS Y
CONSTANTES.